El subsidio por el desempleo para todas aquellas personas mayores de 52 años es una ayuda económica de la Seguridad Social que se destina para los desempleados que superada esa edad cumplen con una serie de requisitos y además no tienen derecho a recibir otra serie de prestaciones de carácter contributivo.
En adelante, tras el acuerdo alcanzado días atrás después no ser aprobada el pasado enero en el Congreso, habrá novedades al respecto de esta ayuda y una de las más destacadas es la que hace referencia a poder compatibilizar este prestación con un puesto de trabajo. Será posible hacerlo durante un máximo de 180 días, seis meses, sin tener una reducción de la cuantía o simultanear la prestación contributiva con un salario a partir del año de percepción del paro.
La renta personal
Para poder ser beneficiario de este subsidio y mantenerlo únicamente se tendrán en cuenta las rentas de la persona que lo solicita, no las de su unidad familiar como las del cónyuge o los hijos. Asimismo, durante el tiempo que se perciba esta ayuda, se cotizará para la jubilación y la base de la cotización será el 125% del tope mínimo de cotización que está vigente en cada momento, no el 100% como está actualmente, con efectos del 1 de abril de 2019. En este 2024, la base mínima ha estado en 1.323 euros mensuales, lo que significa que el subsidio cotizó por una base de 1.653,75 euros al mes.
La cuantía será igual al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM), que en la actualidad está en 430,27 euros, con independencia de que se esté desempleado por haber perdido un contrato a tiempo parcial.
Los requisitos de la Seguridad Social
Para obtener el subsidio de 480 euros es necesario que los interesados en recibirlo cumplan con determinadas condiciones impuestas por la Seguridad Social
- Tener 52 años o más en el momento de solicitar el subsidio por desempleo
- Estar en situación legal de desempleo y haber agotado la prestación contributiva por paro.
- Haber cotizado al menos seis años durante la vida laboral y un mínimo de 15 años a la Seguridad Social, de los cuales al menos dos deben estar entre los últimos 15.
- Aparecer inscrito como demandante de empleo y mantener dicha inscripción en el momento de la solicitud del subsidio.
- No contar con ingresos brutos mensuales superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), lo que en 2024 conllevaba no estar por encima de los 850 euros al mes.
No sólo se requiere cumplir con estos requisitos, también con una serie de compromisos que garantizan la disposición del beneficiario a reincorporarse al mercado laboral. Esta persona tendrá las siguientes obligaciones:
- Buscar empleo de manera activa.
- Garantizar la correcta recepción de notificaciones mediante la actualización de datos de contacto.
- Presentar documentación actualizada: comunicar que cualquier cambio en la situación personal o familiar, como variaciones en el número de hijos, desplazamientos al extranjero o bajas médicas.
- Cumplir el compromiso de actividad: aceptar las exigencias asociadas, que incluyen buscar empleo y estar disponible para las acciones que se les propongan.
- Solicitar la baja en el subsidio.
- Actualizar regularmente su inscripción en los servicios públicos de empleo.
- Acudir a entrevistas de trabajo, cursos de formación o actividades de orientación cuando sean convocados.
- Devolver en un plazo de cinco días el justificante de haber asistido a las convocatorias indicadas por el SEPE.
- Devolver cualquier cantidad recibida de forma incorrecta o que no corresponda legalmente.
- Declarar las rentas anualmente.
La cantidad a percibir es el resultado equivalente al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), que en 2024 estaba en 480 euros mensuales aproximadamente, una cantidad que será ajustada cada año según las variaciones del IPREM. Entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo será abonado el subsidio.
Como se mencionó anteriormente, una de las novedades es que se puede compatibilizar con un empleo y desde junio de 2024 los beneficiarios pueden trabajar en una jornada completa o parcial y a su vez recibir esta ayuda durante seis meses. Con esta medida se busca incentivar la reincorporación laboral de los desempleados mayores de 52 años, a los que se les quiere facilitar una transición más suave hacia el desempleo sin perder la prestación económica.
