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Confirmado: una empresa pilla a una trabajadora fichando en nombre de otra y la Justicia avala su respuesta

por Antonio R.
18 de mayo de 2025
en Sociedad
Pilla a una trabajadora fichando en nombre de otra y la Justicia avala su respuesta

Pilla a una trabajadora fichando en nombre de otra y la Justicia avala su respuesta

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) confirmó que el despido de una trabajadora que falsificaba su jornada laboral. Lo hacía con la ayuda de una compañera de trabajo, que suplantando su identidad, fichaba por ella y además añadía horas extras en su registro. Una práctica que la justicia ha considerado como muy grave.

Con el objetivo de acabar con los abusos de horas extras no pagadas y garantizar el pago de todas ellas, el Ministerio de Trabajo, liderado por Yolanda Díaz, impulsó el registro obligatorio y digital de la jornada laboral en nuestro país. Con esta modificación en la norma se ponía el punto de mira en las irregularidades de la empresa en cuanto a los horarios de sus trabajadores. Un planteamiento muy distinto al que se ha juzgado en el TSJC, que aprobó el despido de una trabajadora que, aprovechando el registro de jornada, se añadías horas de más.

La carta de despido

Esta persona trabajaba para la empresa Calzados Lamolla desde el mes de octubre de 2008 a tiempo indefinido, como dependienta. Un empleo en el que se instalaba un sistema de control horario con el fin de comprobar que los empleados cumplieran con los horarios que había establecido la empresa. Así, este sistema digital, provocó que en julio de 2022 la trabajadora recibiera una carta de despido procedente por parte de la compañía.

En el despido, la empresa explicó que la misma “pudo comprobar, a través de las cámaras de vigilancia y con testigos, que no cumple con los horarios y turnos establecidos por la Dirección. Una persona le registra la presencia (suplantando su identidad) como si hubiera trabajado tal y como está planificado en el programa de control horario”.

Los tribunales lo tienen claro, es procedente

Por tanto, tal y como destaca ahora la sentencia del TSJC, la empleada, junto a otra compañera, falsificaban las horas de trabajo aprovechándose del sistema digital de registro de jornada. Una práctica con la que no sólo reducían su jornada real de trabajo, también añadían al registro horas extraordinarias que quedaban reflejadas posteriormente en la bolsa de horas de los empleados. Tanto, que se alcanzaron hasta 20 horas extra.

De esta manera, “en seis meses, la demandante pasó de adeudar a la empresa 25 horas a que la empresa le debiera 20 horas”, refleja la sentencia, dada a conocer por el graduado social Guillermo Hermida Grandío.

Las alegaciones de la demandante ante la Justicia

El despido fue llevado ante el Juzgado de lo Social nº1 de Lleida, que en una sentencia publicada el 26 de octubre de 2023 desestimó las pretensiones de la demandante y confirmaba su despido como procedente de acuerdo la normativa. No se quedó ahí la trabajadora, que acudió al TSJC. De nuevo, otro varapalo con la respuesta de la justicia. Los magistrados volvían a desestimar las pretensiones de la trabajadora que había sido despedida. Esta empleada alegaba errores en el registro de horas presentado por la empresa. Además, seguro que “ninguno de los hechos imputados permite justificar el despido” y asegura que no era la única que los hacía, “pues otras muchas trabajadoras” también.

Desde el TSJC se destacó en el fallo que “en caso de uso fraudulento, por suplantación o connivencia entre empleados/as, del fichaje horario, la doctrina judicial viene validando la procedencia del despido en tanto se trata de incumplimiento grave y culpable”. Además, desde el TSJC se recuerda que el uso fraudulento del registro horario puede provocar el despido de un trabajador por deslealtad a la empresa.

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