Unión Rayo
  • Economía
  • Motor
  • Sociedad
  • EN
  • Unión Rayo
Unión Rayo

Avalado por el Estatuto de los Trabajadores: tu empresa no está obligada a abonarte la paga extra de verano en estos casos

por Antonio R.
9 de julio de 2025
en Sociedad
Tu empresa no está obligada a abonarte la paga extra de verano

Tu empresa no está obligada a abonarte la paga extra de verano

Ni ladrillo ni piedra: una familia construye su propia casa con 7 habitaciones gracias a este sorprendente material reciclado

Buenas noticias para los viajeros: el Gran Museo Egipcio se inaugura al fin y exhibe todos los secretos de Tutankamón

Mercadona lo vuelve a hacer: estos caramelos son la opción perfecta de quienes se quieren cuidar y cuestan 1,35 euros

El verano es una época que gusta por muchos motivos, no sólo porque llega el periodo de vacaciones y se puede desconectar del trabajo. También porque es el momento de recibir la paga extra, una cantidad de dinero que los trabajadores reciben en su cuenta y que es totalmente independiente del salario mensual ordinario, aunque se computa en el sueldo total. Eso sí, puede darse la circunstancia de que no se reciba y que la extra sea eliminada por la empresa. Puede ocurrir cuando se reparte mes a mes, integrándola directamente en el sueldo que se recibe cada 30 días. Para ello debe permitirlo el convenio colectivo.

La idea de la extra

Las pagas extras surgieron como una forma de dar mayor liquidez a los empleados en fechas que son especialmente sensibles por el aumento de gasto que conlleva. Algo que suele ocurrir durante las vacaciones del periodo estival y en las fiestas navideñas. Aunque a día de hoy se encuentran totalmente integradas en el sistema retributivo, siguen funcionando como una ayuda puntual para afrontar esos picos de consumo.

¿Cómo se calcula la paga extra?

La cantidad que se recibe como paga extra se calcula de manera proporcional al salario mensual del trabajador, teniendo en cuenta lo que establece el contrato, el convenio colectivo o el acuerdo con la empresa. Así, si una persona sólo ha trabajado durante una parte del año, recibirá una cantidad proporcional al tiempo que le corresponda.

La paga extra no se puede considerar ni un regalo ni una bonificación ligada a la productividad o a objetivos cumplidos. Es una parte del salario que simplemente se reparte de forma diferente: en vez de recibirlo en 12 pagas iguales cada mes, se fracciona y se ingresa en momentos puntuales del año.

En el caso de los pensionistas españoles, la Seguridad Social establece que una de ellas se cobre en el mes de junio, junto a la mensualidad ordinaria. La otra, en vísperas de las fiestas de Navidad, que se abona en el mes de noviembre.

¿Es legal que no se pague la extra?

Puede ser que ocurra. Cabe la posibilidad de que la empresa decida eliminar las pagas extras y, en vez de cobrar ese salario por separado, se repartan de forma proporcional mes a mes, integrándolas las dos en el sueldo habitual. Eso sí, es clave que esto aparezca recogido en el convenio colectivo de la entidad: “Podrá acordarse en convenio colectivo que las gratificaciones extraordinarias se prorrateen en las doce mensualidades”.

Así, en otras palabras, el trabajador no podrá contar con la extra de verano o navidad y cobrará sólo 12 pagas, siempre y cuando se cumpla la condición comentada anteriormente, que lo recoja el convenio colectivo, ese acuerdo legal entre los representantes de los trabajadores y la empresa en el que se regulan las condiciones laborales más allá de lo que marca la ley general.

Para saber cómo y cuánto se cobra de paga extra, por tanto, hay que ir al convenio colectivo ya que es ahí donde queda recogido. Y hay que tener claro que dicha cantidad no es un capricho ni azar, es fruto del tiempo que el trabajador lleva realizando una actividad profesional y de cuál sea el salario base.

Así que ahora toca disfrutar del verano y muchos lo harán con un dinero extra que les alegrará las vacaciones. Los que las tengan prorrateadas, aunque las reciben igual durante todo el año, quizá no tengan esa sensación, pero seguro que disfrutan de la misma forma.

  • Aviso legal
  • Política de privacidad
  • Política de cookies

© 2025 Unión Rayo

  • Economía
  • Motor
  • Sociedad
  • EN
  • Unión Rayo

© 2025 Unión Rayo