Cuando una mujer decide ser monja, toma una decisión de las más importantes de su vida. Cuando da el paso, renuncia a muchas cosas. Ya no solo a formar una familia, también a otro tipo de cosas básicas, como por ejemplo la vestimenta o quedar con los amigos. Apuestan todo al camino de la religión, porque así se consideran llenas y realizadas. Respecto a este colectivo, son muchas las preguntas que surgen y una tiene que ver con su situación económica, su trabajo y si tienen sueldo. Sor Marta, con presencia en redes sociales, lo calara: “Estamos dadas de alta como autónomos y recibimos dinero de los que vendemos”. Nada de salario ni otro tipo de ayuda.
Para Sor Marta, “la vocación a la que te llama Dios es donde va a ser 100% feliz. Yo quería ser feliz, no hay más”. Así que lo suyo fue “por puro egoísmo”. Añade que no se trata de ser feliz ella, “sino ser feliz con y para el Señor, entregarse a la Iglesia y a la vida sí lo vivo con generosidad”.
Lo que gana una monja de clausura
Sor Marta es monja de clausura y en su canal de Youtube ha resuelto las dudas de sus seguidores. Así, ha revelado que “los sacerdotes diocesanos sí cuentan con un sueldo del Obispado, se encargan de su espiritualidad, de que estén bien y también de que puedan vivir, lógicamente”. Mientras, las monjas y monjes, son “autónomos totalmente” y deja claro que “no recibimos salario de ningún sitio, ni del Estado ni de la X de la Iglesia ni nada”.
La monja de clausura señala que algunas sí cobran por ser maestras, pero no por el hecho de ser monjas: “En nuestro monasterio, en concreto, que no damos clase recibimos dinero de los dulces, de la cosmética, es decir, de lo que vendemos. Estamos dadas de alta como autónomas y pagamos la Seguridad Social. Cotizamos todos los meses para luego tener jubilación”.
¿Puede jubilarse una monja?
De acuerdo con los datos de la Conferencia Episcopal, cerca de 33.000 personas en nuestro país son religiosos, de las que 7.906 son monjas y monjes de clausura. Desde la Administración se les considera como trabajadores autónomos y es que desde el 21 de enero de 1982, con el Real Decreto 3325/1981 del 29 de diciembre, se incorporaba al Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores autónomos a los religiosos de la Iglesia Católica siempre que sean españoles, mayores de 18 años y estén en monasterios, órdenes, congregaciones, institutos o sociedades de Vida Común, de Derecho Pontificio inscritos en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia.
Por tanto, este colectivo cotiza para acceder después a una pensión de jubilación y para calcular la pensión deberán tenerse en cuenta las bases reales de cotización que se acrediten durante el periodo que integre la base reguladora.
La pensión a capitalizar, por tanto, será el resultado de la aplicación a la base reguladora del porcentaje obtenido de multiplicar por 3,33 el número de años reconocidos como cotizados por estas personas a la Seguridad Social.
Una realidad desconocida
En un contextos en el que la espiritualidad se entrelaza con las redes sociales y la transparencia se impone incluso en los ámbitos más reservados, el caso de Sor Marta ofrece una imagen clara de una realidad que suele ser idealizada o que no se conoce del todo. La vida en un monasterio no está financiada ni por la Iglesia Católica ni por el Estado. Las monjas de clausura, como es el caso de Sor Marta, se mantienen a través del trabajo, la vocación y un modelo de autogestión que sorprende por su pragmatismo.
