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La nueva ayuda del SEPE para los desempleados que hayan agotado el paro y que superará los 500 euros al mes

Con la última reforma del subsidio por desempleo, puedes conseguir una ayuda de casi 600 euros si cumples los requisitos

por Redacción
4 de diciembre de 2024
en Economía
ayuda desempleo

La nueva ayuda del SEPE para los desempleados que hayan agotado el paro y que superará los 500 euros al mes

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En la actualidad, más de 1,7 millones de personas en paro en España están cobrando algún tipo de ayuda por desempleo, por lo que es fundamental estar al tanto de todas las novedades que se han producido al respecto. Lo primero que debemos tener en cuenta es que no es lo mismo el subsidio por desempleo que la prestación por desempleo. Esta segunda es el dinero que te corresponde cuando te quedas sin trabajo y el poder acceder a ella y su duración dependerá del tiempo que hayas cotizado. Sin embargo, el subsidio es el dinero que recibimos una vez que hemos agotado esos meses de paro o cuando nos quedamos en paro y hemos cotizado menos de un año.

El pasado mes de noviembre ha entrado en vigor en España una reforma del subsidio por desempleo que ha introducido una serie de modificaciones importantes que debemos conocer. Entre esas modificaciones, se ha producido un aumento de las cuantías que hacen que puedas percibir casi 600 euros al mes. Te contamos todos los detalles de esta ayuda.

Desde noviembre, pueden acceder al subsidio por desempleo nuevos colectivos

Entre las principales novedades que introduce esta nueva norma, encontramos ciertos colectivos que a partir de ahora podrán acceder al subsidio por desempleo, como los trabajadores agrarios eventuales, los trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla, los españoles emigrantes retornados sin derecho a prestación contributiva, los mayores de 16 años víctimas de violencia de género o sexual y los menores de 45 años sin responsabilidades familiares que hayan agotado la prestación contributiva por desempleo. Estos últimos deberán haber agotado un mínimo de 360 días de paro para acceder a un subsidio de seis meses.

También podrán ser beneficiarias del subsidio por desempleo, aquellas personas desempleadas que no hayan cotizado el mínimo para acceder a la prestación por desempleo, siempre que hayan cotizado 90 días al menos. La duración del subsidio estaría entre los 3 y los 21 meses, según tiempo cotizado y cargas familiares.

Estas son las nuevas cuantías de esta ayuda

La nueva norma eleva el porcentaje del IPREM que se utiliza para calcular el subsidio por desempleo, por lo que aumentará su cuantía en un total de 90 euros mensuales. Las cuantías que se podrán percibir se establecerán, por tanto, de la siguiente manera en tres tramos:

  • 6 primeros meses: 95% IPREM (570 euros, con el IPREM actual).
  • 6 meses siguientes: 90% IPREM (540 euros).
    resto del período: 80% IPREM (480 euros).

Además, entra en vigor el complemento de apoyo al empleo (CAE), que permitirá compatibilizar la percepción de los subsidios con el trabajo tanto a tiempo parcial como a tiempo completo. Dicha compatibilidad se reconocerá de oficio a las personas beneficiarias de subsidios y se podrá percibir por un período máximo de 180 días. Transcurrido este período, el subsidio quedará suspendido por realizar trabajos por cuenta ajena.

Otras medidas que introduce la reforma

La nueva norma simplifica la regulación para garantizar más flexibilidad en el acceso a las ayudas y reducir las cargas administrativas, de manera que se facilita a la ciudadanía la tramitación de las prestaciones:

  • Se elimina el mes de espera para poder pedir el subsidio tras agotar el paro para evitar vacíos en la cobertura de los colectivos más vulnerables.
  • Se elimina la actual deducción en la cuantía del subsidio por trabajo a tiempo parcial, con lo que estos trabajadores tendrán garantizados los mismos derechos que los empleados a tiempo completo.
  • Se modifica el requisito de insuficiencia de renta.
  • Las renovaciones se realizarán trimestralmente para agilizar y rebajar la carga burocrática.

Eso sí, será obligatorio presentar anualmente la declaración del IRPF para todos los beneficiarios del subsidio. De no hacerlo, dejarán de percibirlo.

Es importante tener en cuenta que si tienes un subsidio o una renta activa de inserción (RAI) reconocidos antes del 1 de noviembre de 2024, todas las novedades que introduce esta norma no se aplicarían a tu prestación, que se seguiría rigiendo tanto en cuantía como en requisitos por la norma anterior hasta su extinción.

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