Que los ciudadanos cuenten con las mejores condiciones de vida posibles. Ese es el objetivo que se plantean en el SEPE, el Servicio Público de Empleo Estatal. Y lo harán, en el caso que nos ocupa, con las personas mayores de 52 años que han agotado una prestación o subsidio por desempleo a través de la jubilación anticipada voluntaria. Habrá que cumplir una serie de requisitos, eso sí. Los establecidos desde el Ministerio de Trabajo, que son los siguientes:
- Haber agotado el 1 de noviembre de 2024, o con posterioridad, una prestación contributiva por desempleo. En este caso se elimina la exigencia a la persona de permanecer inscrita como demandante de empleo durante el plazo de un mes, por lo que la fecha del hecho causante es la de cuando se agotó dicha prestación.
- Contar con 52 años de edad en el momento de realizar la solicitud.
- Que la persona se encuentre en situación de desempleo total o trabajando a tiempo parcial.
- En la fecha del reconocimiento del derecho la persona debe estar inscrita como demandante de empleo y, además, haber suscrito el acuerdo de actividad.
Ingreso y duración de la ayuda por jubilación anticipada
Los mayores de 52 años deben saber que, en lo referente a la cantidad económica que van a percibir, la reforma de los subsidios aplicada el pasado 1 de noviembre no repercute en esta prestación. Se trata de la única pensión que no se ve afectada por el cambio. Por tanto, el dinero que recibirán quienes accedan a ella será de 480 euros durante el periodo que se les conceda. Esto equivale al 80% del IPREM (Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples).
En cuanto a la duración, la ayuda podrá ser recibida hasta que el ciudadano alcance la edad ordinaria establecida para poder solicitar la pensión contributiva que estable la Seguridad Social.
La ventaja de seguir cotizando
De este subsidio dirigido a los mayores de 52 años se debe destacar que permite a los beneficiarios del mismo seguir cotizando a la Seguridad Social. Por tanto, la persona podrá optar a solicitar la jubilación anticipada voluntaria. Pero para acceder a este anticipo es necesario un mínimo de tiempo cotizado, en este caso 35 años, de los cuales dos de deben haber sido en los últimos 15 años desde el momento en el que se tiene derecho a solicitar la prestación en cuestión. En dicho supuesto, el interesado podrá obtener esta jubilación anticipada hasta dos años antes de la edad ordinaria que le corresponde según su cotización.
La edad de jubilación
Todas aquellas personas que durante su vida laboral hayan cotizado menos de 38 años podrán recibir una pensión de jubilación a partir de los 66 años y seis meses, por lo que con este anticipo se podrá hacer dos años antes. Si el periodo cotizado es de 38 años o más, la edad ordinaria de jubilación se establece en 65 años, por lo que la persona interesada en solicitar este anticipo se podrá retirar a los 63 años.
La fecha de jubilación se ha ido modificando al alza y lo seguirá haciendo en los próximos años, hasta 2027 cuando se pretende que se alcance los 67 años de manera fija. En cuanto a 2025 estará en los 66 años y ocho meses (menos 38 años cotizados y tres meses) y los 65 años (38 años y tres meses o más).
Restricciones a conocer
Quienes presenten su solicitud antes de la edad estipulada deben saber que en sus ingresos no tendrán el 100% de la jubilación. La cantidad a recibir será el resultado de una serie de coeficientes reductores que se basarán en el tiempo total cotizado y los meses de adelanto de la jubilación.
- Si se adelanta dos años la jubilación y se tienen menos 38 años y seis meses de cotización habrá una reducción del 21%.
- Si se adelanta únicamente un mes y cuenta con más de 44 años y seis meses cotizados, reducción del 2,81%.
- La reducción variará en función de los meses que se quiera adelantar la jubilación.
