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Podrás cobrar el paro mientras trabajas si cumples estos requisitos

Es una prestación en concepto de complemento de apoyo al empleo

por Redacción
29 de diciembre de 2024
en Economía
Trabajo lo confirma: podrás cobrar el paro mientras trabajas si cumples estos requisitos

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En los últimos días de este diciembre se aprobó la nueva reforma del subsidio por desempleo (el paro), iniciativa que el gobierno de la Nación acordó junto con los sindicatos y que conllevará nuevas y numerosas modificaciones acerca de las prestaciones que serán concedidas por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Entre todas ellas, una de las más populares es la que permitirá compatibilizar el empleo y el percibir la prestación como complemento de apoyo al mismo.

El objetivo de esta media, según se remarcó desde el Ministerio de Trabajo y Economía Social del que es titular Yolanda Díaz, también vicepresidenta segunda del gobierno, es el de “proteger a los parados de larga duración” ya que se brinda un alivio adicional a quienes estén intentando reincorporarse al mercado laboral, tarea que no es fácil en muchos ámbitos y a determinadas edades.

¿Cuándo se podrá trabajar y cobrar la prestación del paro?

El Ministerio de Trabajo y Economía Social establece que podrán optar a esta ayuda mientras están trabajando todos aquellos profesionales que perciban una cantidad inferior a los 1.350 euros al mes. Lo harán mediante una prestación que se denominará complemento de apoyo al empleo.

¿Qué requisitos se deben cumplir?

Este complemento hará que muchas personas estén trabajando por cuenta ajena, obteniendo un salario, y a su vez reciban una prestación contributiva por desempleo. Y lo podrán hacer tanto si su jornada es completa o parcial. Eso sí, el salario del trabajador no puede ser superior al 225% del IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), que en la actualidad se fija en los 1.350 euros al mes.

Además, se tiene que tener en cuenta para compatibilizar la prestación contributiva por desempleo y recibir un salario por trabajo, que es necesario que el paro aprobado que se esté consumiendo haya sido concedido por un periodo de un año y que hayan transcurrido al menos nueve meses desde su aprobación.

180 días de prestación

La reforma del actual gobierno socialista de Pedro Sánchez contempla que una persona con un trabajo por cuenta ajena podrá, a su vez, recibir una prestación como la de desempleo al mismo tiempo durante 180 días, lo que equivale a seis mes. Asimismo, se establecen diferentes cuantías a percibir por los beneficiarios de la normativa:

  • Durante los seis primeros mees: 95% del IPREM (570€ con el IPREM actual).
  • Durante los seis meses siguientes: 90% del IPREM (540€)
  • Resto del periodo, del mes siete al 18: 80% del IPREM (480€)

De acuerdo con la disposición tercera que aparece en el Real Decreto Ley, será a partir del año 2026 cuando se implante un límite del 375% del IPREM que afectará al régimen de compatibilidad.

El IPREM

Es el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples y se emplea en nuestro país como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones o como en este caso el subsidio por desempleo. Se puso en marcha en 2004, durante el gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero con el objetivo de ser el recambio del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). El motivo, porque previamente se vinculaban ciertas ayudas al SMI, lo que conllevaba que cada vez que se producía una subida del salario mínimo también aumentara el número de beneficiarios de estas ayudas, con el consiguiente incremento del gasto en los presupuestos del Estado.

La entrada en vigor

En noviembre de este 2024 que ya acaba entró en vigor la mayor parte de la reforma de los subsidios por desempleo, pero este régimen de compatibilidades entre empleo y ayudas por desempleo podrá aplicarse a partir de 1 de abril de 2025.

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