El Tribunal Supremo determinó, después de varias sentencias, que Hacienda debe devolver el dinero de las cotizaciones cobradas indebidamente a miles de jubilados que por un error de la Agencia Tributaria cotizaron de más. Y lo debe hacer antes del 1 de enero de 2025, fecha para la que el organismo se ha comprometido para no tener que pagas además intereses de demora.
Las devoluciones podrían alcanzar hasta los 4.000 euros, pero sólo podrán reclamarse los periodos impositivos no prescritos. En principio se iban a poder requerir el dinero de los ejercicios fiscales de 2019, 2020, 2021 y 2022, pero los de 2019 quedarán fuera ya que el 1 de julio acabó el plazo para reclamar años anteriores a 2020, de acuerdo al artículo 66 de la Ley 58/2003 que se puede consultar en el Boletín Oficial del Estado. Así, los pensionistas pueden seguir reclamando las pensiones entre 2020 y 2024, que en algunos casos podría ser de hasta 4.000 euros.
Este problema ha afectado de manera especial a los pensionistas que cotizaron a mutualidades laborales del sector de la banca, pesca, construcción y astilleros. Estos contaban con el derecho a reducciones fiscales significativas en su base imponible, con un 100% hasta el 31 de diciembre de 1966 y un 25% en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978. Debido a un error administrativo se les aplicó una cotización integra del 100% en ambos periodos, lo que generó un exceso sobre la cotización. Por eso ahora está obligada a devolver las cantidades que cobró de más.
Entre los más beneficiados por la sentencia del Tribunal Supremo están los jubilados que cotizaron a la Mutua Laboral de la Banca, que sufrieron un perjuicio al no recibid las reducciones fiscales que les correspondía de acuerdo a la normativa de aquellos años. Desde el organismo judicial se reconoce su derecho a ser compensados y por ello se obliga a Hacienda a restablecer las cantidades cobradas de más y hacerlo antes de que finalice 2024.
La solicitud de la devolución
Para facilitar y agilizar las devoluciones, desde la Agencia Tributaria se ha habilitado un formulario en su sede electrónica. Todos aquellos que deseen reclamar las cantidades cobradas deben presentar una solicitud de rectificación en esta plataforma y lo hará utilizando su Cl@ve Pin, Certificado digital, DNI electrónico o el número de referencia de la casilla 505 de la Declaración de la Renta del año anterior.
Una vez presentada, los pensionistas podrán ir consultando el estado de la reclamación en el portal. El estado de la misma aparecerá como tramitado, comprobado o que ha sido tramitada dependiendo de la situación. Esta última indicación confirma que Hacienda procederá próximamente a realizar el ingreso correspondiente.
El pago de Hacienda
Hasta el 31 de diciembre de 2024 tiene de plazo Hacienda para realizar los ingresos correspondientes a estas devoluciones cobradas a los afectados. Se trata de un calendario simular al de la Declaración de la Renta, lo que conlleva que muchos de los pagos se realizan en la última semana del año.
Para todos aquellos mutualistas que todavía no han recibido el ingreso que les corresponde, no deben estar preocupados ya que desde la Agencia Tributaria se continúa trabajando en los expedientes que están todavía pendientes. Si se diese el caso de que Hacienda no cumpliera con el plazo establecido, los afectados tendrán derecho a reclamar intereses de demora. Estos sería en torno al 4,0625% anual para 2024 y se aplican desde la fecha de presentación de la solicitud de rectificación y se ajustan de manera proporcional al tiempo transcurrido si la devolución se efectúa en menos de 12 meses.
