Desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se proporcionan una serie de ayudas para todos aquellos que en un determinado momento no tiene actividad laboral, con la idea de que durante el periodo de desempleo la economía de esta persona y su familia se vea afectada lo menos posible al dejar de recibir un salario. Pero al igual que se da, cumpliendo determinados requisitos, se puede retirar el ingreso mensual. Es lo que ha recordado la Administración Pública a los que son beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años. Si quieren seguir recibiendo esta prestación deben cumplir con una condición indispensable.
El SEPE, con los parados que son mayores de 52 años
El subsidio para todas aquellas personas que cuentan con más de 52 años se basa en una ayuda económica proporcionada por el SEPE. Está destinada a las personas desempleadas de esa edad o más y que previamente han agotado otras prestaciones de paro. Se pretende, con esta prestación, proporcionar un ingreso cada mes, y por tanto que la persona cotice para la jubilación, hasta el momento en el que la misma encuentre un trabajo o alcance la edad legal para poder jubilarse.
El importe que mes a mes se recibe con esta prestación es de 480 euros, el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) y se mantendrá vigente hasta la edad legal de jubilación siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos.
¿Qué requisitos hay que cumplir para recibir el subsidio?
El subsidio que otorga el SEPE a los mayores de 52 que están en situación de desempleo es uno de los más flexibles porque se puede compatibilizar con un trabajo a tiempo parcial, pero la cuantía final tiene que ser proporcional a la jornada laboral. Para ingresarlo se debe cumplir con lo siguiente:
- El solicitante debe haber cumplido 52 años o tener más en la fecha en la que se agota su prestación o subsidio anterior.
- Estar en situación de desempleo total o trabajando a tiempo parcial.
- Estar inscrito como demandante de empleo y haber suscrito el acuerdo de actividad. Además, hay que ir renovando la demanda de empleo en los plazos establecidos y participar en las políticas activas de empleo.
- Haber cotizado al menos 15 años para la jubilación, incluyendo al menos seis en el régimen general o en alguno de los regímenes que cubren la contingencia de desempleo.
- Acreditar que se cumple con el requisito de carencia de rentas propias. No pueden superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
Un requisito imprescindible
Desde el SEPE han recordado a todos los parados mayores de 52 años que son beneficiarios de esta prestación de desempleo que deben acudir a las entrevistas de trabajo a las que son requeridas mientras estén recibiendo este ingreso. Además, si es llamado para una oferta de trabajo debe acudir. De no hacerlo puede perder la asignación.
De acuerdo a los criterios fijados por el SEPE, para que una oferta de empleo o una entrevista sea considerada como adecuada para la persona que está en situación de desempleo, el trabajo que le es ofrecido debe:
- Estar vinculado a la última profesión que se ha realizado o a la formación que tiene el candidato.
- La propuesta económica debe garantizar un salario justo, nunca inferior al SMI que en la actualidad es de 1.184 euros en 14 pagas, dos de ellas son extras, o en 1.381,33 euros mensuales en 12 pagas.
