La edad de jubilación ordinaria se va retrasando cada vez más para adaptar el sistema de pensiones y garantizar su sostenibilidad a futuro, teniendo en cuenta el aumento de la esperanza de vida y la baja natalidad. Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social es la norma en la que se recoge cuánto se va retrasar la edad jubilación cada año en un futuro próximo.
Por este motivo, son muchos los que barajan la opción de acogerse a la jubilación anticipada y retirarse antes de llegar a la edad establecida. Te contamos cuál será la edad y la cotización mínima necesaria para poder acceder a la pensión contributiva por la jubilación anticipada voluntaria y la involuntaria a partir de 2025.
Criterios para poder acceder a la jubilación anticipada voluntaria partir de 2025
Los trabajadores tienen la opción de acogerse a la jubilación anticipada al llegar a cierta edad siempre que cumplan ciertos requisitos y acceder igualmente a la pensión contributiva, aunque con una rebaja en la cuantía de las mismas producto de coeficientes reductores. Debemos tener en cuenta que la jubilación anticipada puede solicitarse hasta 24 meses antes de la ordinaria y que por lo tanto se establecerá de la siguiente forma a partir de 2025:
- En 2025, la edad de jubilación anticipada según los años cotizados, será la siguiente:
- De haber cotizado 38 años y 3 meses o más, la edad de jubilación será 63 años.
- Si has cotizado menos de 38 años y 3 meses, tendrás que esperar a los 64 años y 8 meses.
- En 2026:
- De haber cotizado 38 años y 3 meses o más, la edad de jubilación será 63 años.
- Si has cotizado menos de 38 años y 3 meses, tendrás que esperar a los 64 años y 10 meses.
- De 2027 en adelante, si no hay modificaciones futuras:
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- De haber cotizado 38 años y 3 meses o más, la edad de jubilación será 63 años.
- Si has cotizado menos de 38 años y 3 meses, tendrás que esperar a los 65 años.
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Criterios para poder acceder a la jubilación anticipada forzosa a partir de 2025
Siempre que la causa del retiro del mundo laboral no sea imputable al trabajador, será posible adelantar la jubilación hasta 4 años. A partir de 2025, el acceso a la jubilación forzosa quedará de la siguiente forma:
- En 2025, la edad de jubilación forzosa según los años cotizados, será la siguiente:
- De haber cotizado 38 años y 3 meses o más, la edad de jubilación será 61 años.
- Si has cotizado menos de 38 años y 3 meses, tendrás que esperar a los 62 años y 8 meses.
- En 2026:
- De haber cotizado 38 años y 3 meses o más, la edad de jubilación será 61 años.
- Si has cotizado menos de 38 años y 3 meses, tendrás que esperar a los 62 años y 10 meses.
- De 2027 en adelante, si no hay modificaciones futuras:
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- De haber cotizado 38 años y 3 meses o más, la edad de jubilación será 61 años.
- Si has cotizado menos de 38 años y 3 meses, tendrás que esperar a los 63 años.
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Estos son los criterios que debes cumplir si quieres cobrar el 100% de tu pensión
Tanto si te acoges a la jubilación anticipada voluntaria, como a la forzosa, tu pensión sufrirá recortes fruto de unos coeficientes reductores que pueden ir desde el 0,5% hasta el 30%, dependiendo tanto de los meses que adelantes tu jubilación, como de la modalidad de la misma. Por lo tanto, debes saber que nunca cobrarás el 100% de tu pensión si te acoges a la modalidad de jubilación anticipada. Para poder cobrar el 100% de tu pensión en 2025, debes tener la edad establecida de jubilación ordinaria y los años cotizados exigidos, que para el año próximo serán:
- De haber cotizado 38 años y 3 meses o más, la edad de jubilación será 65 años.
- Si has cotizado menos de 38 años y 3 meses, tendrás que esperar a los 66 años y 8 meses.
