En la sociedad actual, parte de la sociedad ha apostado por dejar a un lado el dinero en metálico porque el día a día tampoco lo requiere. Ahora podemos hacer cualquier pago en un establecimiento, e incluso la Declaración del Renta, mediante vía telemática, que tiene su ventajas, como la inmediatez y la mejor trazabilidad del dinero. Aunque ha perdido protagonismo, el dinero en metálico sigue siendo valorado por aquella parte que prefiere lo tradicional y no confía tanto en las nuevas tecnologías.
Hubo, hay y habrá quienes prefieran no cambiar y sigan como se hace tiempo atrás, con los billetes y las monedas. Son también aquellos, o buena parte, de los que prefieren tener cierto dinero en casa, para cualquier imprevisto que pueda surgir o porque así están más seguros. Es lo que se llamado siempre el guardar dinero ‘bajo el colchón’, algo que puede tener sus ventajas pero también muchos inconvenientes, como todos sabemos.
Es totalmente legal
Que una persona, o familia, decida tener una cantidad de dinero en casa es una práctica totalmente legal, pero debe saber que las autoridades vigilan de cerca todo lo que se hace con es dinero, vinculado de forma recurrente con la economía sumergida, uno de los problemas a los que se enfrentan muchos países.
Sobre el disponer de una cantidad ‘bajo el colchón’ hay quién tiene dudas sobre el máximo de efectivo tiene permitido guardar en casa. La respuesta es muy sencilla, no hay un tope de cantidad que podamos tener fuera de una entidad bancaria, lo único que se pide es que se cumpla con lo que de dice la normativa: declarar su origen de forma correcta.
¿Cómo se declara el dinero que tenemos guardado en casa?
La forma más adecuada de declarar el origen del dinero que tenemos en casa para evitar cualquier problema legal con Hacienda es manifestarlo en la Declaración de la Renta, que por cierto comenzará su campaña el próximo 2 de abril.
Para ello, la persona que esté en posesión de una cantidad de dinero determinada, tiene que acceder al borrador y asegurarse de que ese dinero que está ‘bajo el colchón’ se encuentra dentro de los ingresos que ha tenido durante el ejercicio. Además, tendrá que indicar el origen del mismo: si se debe a su salario como trabajador, si forma parte de un capital inmobiliario, mobiliario o son ganancias patrimoniales.
Hacienda, muy pendiente del dinero en efectivo
En la Agencia Tributaria disponen de numerosos mecanismos para vigilar el dinero en efectivo, es muy complicado engañar al organismo público. Uno de los procesos que se utilizan para tenerlo controlado es mediante su colaboración con las entidades bancarias, que están obligadas por Ley a informar de todos aquellos movimientos que afecten a billetes de 500 euros o que impliquen retiradas o ingresos de efectivo a partir de 3.000 euros.
Esta obligación que tienen todas las entidades bancarias que operan en nuestro país aparece recogido en la Ley General Tributaria, concretamente en su artículo 93. En el mismo se deja claro que los bancos están obligados “a facilitar toda clase de datos, informes, antecedentes y justificantes con transcendencia tributaria relacionados con el cumplimento de sus propias obligaciones tributarias o deducidos de sus relaciones económicas, profesionales o financieras con otras personas”.
Por tanto, no hay problema en tener una parte, o lo que se quiere, en casa pero siempre tiene que declararse a Hacienda, tiene que estar en conocimiento de la autoridad. Mientras que por ese lado habrá que dar la mayor información para evitar problemas legales, por otro habrá que dar mucho menos, para no tener sorpresas negativas y que alguien intente hacerse con él.
