En las últimas semanas, el término mutualidad ha cobrado una relevancia inusual en los medios de comunicación, y no es para menos. La Agencia Tributaria se ha visto obligada a corregir un error histórico que afecta a miles de trabajadores que cotizaron en mutualidades antiguas.
Estos trabajadores se vieron perjudicados por una sobrerrecaudación en sus cotizaciones, una situación que finalmente se resolvió gracias a una sentencia del Tribunal Supremo. Ahora, Hacienda ha fijado una fecha definitiva para iniciar la devolución de estos fondos, que oscilan entre 3.000 y 4.000 euros por afectado.
El origen del problema y la solución judicial
El problema radica en un error de cálculo en las cotizaciones al IRPF que se aplicaron a mutualistas entre los años 1967 y 1978. En lugar de aplicar el porcentaje correcto del 75%, la Agencia Tributaria impuso una tasa del 100%, lo que generó un cobro excesivo durante décadas. Esta situación fue finalmente reconocida como un error por el Tribunal Supremo en su sentencia 707/2023, que ha obligado a Hacienda a devolver las cantidades cotizadas de más a aquellos trabajadores afectados.
El proceso de devolución se ha habilitado en el contexto de la campaña de la Renta 2023, que concluyó el pasado 1 de julio. Durante esta campaña, los mutualistas afectados pudieron solicitar la devolución de las cantidades mal cobradas correspondientes al periodo 2019-2022, los únicos años en los que aún no ha prescrito el derecho a reclamar.
¿Cuándo cobrarán los mutualistas afectados su dinero?
Aunque muchos mutualistas ya han comenzado a recibir sus devoluciones, es importante destacar que este proceso puede no ser inmediato. Al igual que ocurre con las devoluciones regulares del IRPF, Hacienda dispone de un plazo de hasta seis meses desde el final de la campaña de la Renta para realizar los reembolsos. Esto significa que, en algunos casos, los afectados podrían recibir su dinero hasta finales de año.
Si Hacienda no cumple con este plazo y la devolución se retrasa hasta enero del próximo año, el Estado deberá pagar una penalización diaria a los afectados, incrementando así la cantidad final a devolver. Este mecanismo de penalización está diseñado para incentivar la rapidez en la gestión de los reembolsos por parte de la Agencia Tributaria.
Procedimiento para solicitar la devolución
Para los mutualistas que aún no han solicitado la devolución, el proceso es relativamente sencillo. La Agencia Tributaria ha habilitado un formulario específico en su sede electrónica para este propósito, por lo que los interesados solo deben acceder a su cuenta, completar el formulario y presentar la solicitud. Es importante recordar que no todos los mutualistas están en condiciones de pedir esta compensación. Por ejemplo, aquellos que cotizaron bajo el régimen de Clases Pasivas del Estado, los autónomos y quienes hicieron aportaciones a mutualidades de viudedad y pensiones no contributivas, no son elegibles para esta devolución.
Es crucial para los mutualistas afectados mantenerse atentos a cualquier comunicación por parte de la Agencia Tributaria y asegurarse de que todos los datos, incluidos los detalles de contacto, estén actualizados. Además, es recomendable revisar regularmente el estado de su solicitud a través de la sede electrónica de Hacienda para evitar sorpresas.
La devolución de estas cantidades supone un alivio financiero para muchos trabajadores y pensionistas que, durante años, han sufrido las consecuencias de un error burocrático. Y aunque el proceso puede parecer largo y tedioso, es un paso necesario para corregir una injusticia histórica.