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Es oficial: la DGT castigará a los ‘domingueros’ que transiten por estas carreteras con hasta 5.000 euros de multa

por Antonio R.
19 de junio de 2025
en Motor
Es oficial: la DGT castigará a los 'domingueros'

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Una actividad tan habitual como la de salir de ruta con el coche, puede tener una sanción económica importante. Así, los conocidos como domingueros, aquellos que cada fin de semana dejan a un lado el asfalto de las ciudades en busca de un respiro en el campo, tienen que tener cuidado con lo que hacen y, sobre todo, conocer la normativa.

Y es que muchos seguro que desconocen que circular con un vehículo a motor por caminos rurales, pistas forestales o terrenos no asfaltados está prohibido por ley y acarrea multas que oscilan entre los 300 y los 5.000 euros, pudiendo alcanzar incluso los 30.000 si se considera un delito ecológico de acuerdo con la normativa de cada comunidad y la Dirección General de Tráfico (DGT).

Unas multas económicas considerables a los domingueros

El incremento de la venta de SUV, cerca del 60% de los coches matriculados el pasado 2024 eran todoterrenos ligeros, ha hecho que aumente también la afluencia de conductores a entornos naturales. Pero hay que saber que tanto la Ley de Montes, 43/2003, como la Ley de Vías Pecuarias, 3/1995, prohíben de forma expresa la circulación motorizada fuera de carreteras asfaltadas, salvo en contadas excepciones.

Desde la DGT se advierte de que “no se trata solo de una infracción administrativa; en casos graves, como daños a ecosistemas protegidos, puede derivar en responsabilidad penal”. Las sanciones varían según la gravedad, yendo desde los 300 euros por circular si autorización hasta los 5.000 euros si se transita por zonas protegidas o se altera el terreno. En casos extremos, como grupos de vehículos organizados, la multa puede alcanzar hasta los 30.000euros por considerarse que se está cometiendo un delito contra el medioambiente. En comunidades como las de Madrid, Valencia, Asturias y Baleares son muy rigurosos con su aplicación.

Hay excepciones

Esto no quiere decir que los amantes del campo se olviden de una actividad como la de escapar al campo con su vehículo, porque hay excepciones, como en toda norma. Se dan cuando se accede a fincas privadas o poblaciones sin una alternativa vial. En estos casos, los conductores deben circular a menos de 20 km/h y también evitar ir en grupos numerosos. Así, un agente de la Guardia Civil, asegura que “el sentido común prima: si no hay otra ruta, no hay sanción. Pero si el camino está señalizado como prohibido, la multa es segura”.

Por otro lado, las ordenanzas municipales, como la de Vigo que regula zonas acústicamente saturadas y espacios naturales, pueden imponer restricciones adicionales. En Cataluña, por ejemplo, la Ley 9/1995, prohíbe de forma expresa circular por cauces de ríos secos, cortafuegos o vías forestales. Además de la sanción se puede producir la inmovilización del vehículo.

Una práctica condenada a desaparecer

El salir con el todoterreno por el campo todo indica que tiene los días contados. Las constantes multas y las presión de los colectivos ecologistas han llevado a muchas autonomías a cerrar accesos. Así, muchos amantes de esta actividad recuerdan que se ha pasado “de la tolerancia a la tolerancia cero” y es que “hasta ir en monto por una senda te puede costar 3.000 euros”.

Desde la DGT se repite que el objetivo de esta iniciativa es proteger el medio natural ya que “los vehículos modernos tienen potencia suficiente para dañar suelos y hábitats en minutos. No es solo una cuestión legal, sino de responsabilidad”.

¿Cómo se puede evitar la multa?

  • Consultado las ordenanzas locales, donde se publican normativas detalladas sobre zonas prohibidas.
  • Solicitando autorizaciones para eventos deportivos o accesos privados.
  • Circulando sólo cuando sea imprescindible, si no hay otra alternativa. Y se debe hacer a velocidad reducida y sin invadir espacios sensibles.
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