Una de las cosas que todo conductor quiere saber de forma exacta, segura, es por cuánto se puede sobrepasar el límite de velocidad de una vía para no ser multado por la gran cantidad de radares que en las en la red de carreteras de nuestro país. Hay que recordar que hace un año, la Dirección General de Tráfico (DGT) informó de que había invertido cerca de un millón de euros en la compra de 15 radares para la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil con el fin de reducir los excesos de velocidad.
Así, añadiéndose a los que ya había, en España se dispone de alrededor de 1.000 radares fijos, 1.340 radares móviles y 92 radares de tramo. Para no ser cazado por uno de ellos, se puede superar la velocidad permitida en un 5% o 3%, dependiendo del tipo de vía.
Los radares aplican un margen de error a la velocidad
Desde siempre, con el objetivo de evitar accidentes, desde el organismo de tráfico se lucha contra los excesos de velocidad y para ello los radares son determinantes, una herramienta clave para conocer la velocidad de circulación de los vehículos de una manera muy precisa que se consigue mediante ondas. Pero estos dispositivos, los radares, aplican unos márgenes de error en sus mediciones. Esto quiere decir que a pesar de sobrepasar en ocasiones la velocidad permitida en la vía, el conductor no será sancionado con multa.
Estos márgenes fijados por la DGT están recogidos en la Orden ITC/2010, en la que se regula el “control metrológico de los instrumentos destinados” a medir la velocidad de circulación de vehículos a motor, y varían dependiendo tanto del tipo de radar como del límite de velocidad establecido.
Hay que añadir un porcentaje sobre el límite de velocidad
Este 2025 se actualizaron los márgenes de error en los radares móviles de nuestras carreteras y se calcula de una forma muy sencilla. Hay que sumar el 5% sobre el límite de velocidad de la vía. De esta manera, en una carretera con un límite de velocidad de 120 km/h no se multará a los vehículos que no sobrepasen los 126 km/h, mientras que en una vía limitada a los 100 km/h, el radar no saltará hasta los 105% km/h.
En lo que se refiere a los radares fijos de la red de carreteras de España, existe otro umbral de error ya que este margen se calcula sumando un 3% sobre el límite de velocidad establecido en la vía. Así, con un límite de 120 km/h, los conductores no serán sancionados hasta los 123,6 km/h. Mientras, en las vías con un límite de 100 km/h se podrá circular sin miedo a ser multado hasta los 103 km/h.
¿Qué hay que hacer para recurrir una multa de velocidad?
En el momento en el que se ha recibido la notificación de una multa por velocidad y consideramos que no se ha aplicado de manera correcta el margen de error, estos son los pasos a seguir para poder impugnarla:
- Hay que revisar el expediente sancionador. Se debe solicitar la documentación completa de la multa para verificar si se ha aplicado la corrección correspondiente.
- Se debe presentar un recurso. Si no aparece el ajuste de velocidad, hay que presentar un escrito de alegaciones ante la Jefatura de Tráfico o la entidad correspondiente.
- Apoyarte en la normativa, concretamente en la Orden ITC/3123/2010, que regula los márgenes de error de los cinemómetros en España.
- Se debe consultar con un abogado especializado ya que un profesional del derecho puede asesorarte para maximizar las posibilidades de éxito.
