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La DGT advierte: debes evitar este gesto habitual al volante si no quieres que te multen con 200 euros

por Antonio R.
28 de junio de 2025
en Motor
La DGT advierte: debes evitar este gesto habitual

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El verano se ha convertido en una de las épocas con mayor actividad en las carreteras de nuestro país. Entre los desplazamientos cortos a la playa o alguna otra escapada, y los largos con destino al lugar de vacaciones, la presencia de coches en el asfalto es elevada. Con unas temperaturas elevadas, lo habitual es ir con el aire acondicionado puesto, pero no todos los conductores tienen esa posibilidad o desean hacerlo, buscando otros ‘métodos’ con los que refrescarse e ir más cómodos mientras están al volante. Uno de ellos es llevar el codo apoyado en la ventanilla o el brazo fuera del automóvil, algo que en principio puede carecer de importancia. Ojo, no es así. Todo lo contrario. Desde la Dirección General de Tráfico (DGT) se alerta del peligro y las multas que puede conllevar, que puede ser de hasta 200 euros.

La normativa de la DGT es clara

Tal y como señala la DGT, no hay una norma clara que prohíba sacar el brazo fuera de la ventanilla o apoyar el codo mientras se conduce. A pesar de esto, hay que recordar que hacerlo tiene consecuencias legales. Así, el artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación, afirma que el conductor debe mantener la libertad de movimientos necesaria para su seguridad y la del resto. Es decir, si llevase el brazo fuera del vehículo, distraería al resto o perdería el control del mismo.

Las cuantías de la multa

Aunque esto supone una sanción, desde el organismo de tráfico explican que la misma se debe al peligro que conlleva esta costumbres de sacar el brazo o apoyar el codo mientras se conduce. Por tanto, la multa que se imponga dependerá de la situación y del criterio que tengas las autoridades locales al respecto. Por ejemplo, si los agentes de la autoridad interpretan que la postura del conductor es un problema a su capacidad y a su habilidad para anticiparse en la carretera, en este caso sí que podría enfrentarse a una multa.

La infracción que reciba el conductor dependerá de lo peligroso que llegue a ser para el agente que haya detenido el vehículo. Por lo general las infracciones se califican como leves, 80 euros, y graves, 200 euros. Eso sí, si la multa se paga de manera anticipada, la cuantía de la sanción se reduce en un 50%, bajará a 40 y 100 euros respectivamente.

El peligro que supone realizar esta acción

Lo que más llama la atención de estos hábitos frente al volante es el riesgo que implican para los usuarios de la vía. Aunque sacar el brazo de la ventanilla o conducir con el brazo fuera puede ser más cómodo para sobrellevar las altas temperaturas, las consecuencias de hacer esto pueden ser fatales.

Si se da una colisión lateral o un roce con otro vehículo, el accidente puede conllevar una grave lesión física para el conductor. Por ello, es un riesgo fácil de evitar con tan solo tomar una serie de medidas mientras se conduce.

Otras distracciones castigadas al volante

Todas aquellas acciones que impliquen perder el campo de visión o que puedan suponer una falta de atención a la conducción, así como la posible falta de control del vehículo, son consideradas sanciones graves y podrían conllevar una multa de 200 euros. Además de la vista anteriormente, hay otras que quizá el conductor no sepa y debe hacerlo:

  • Quedarse mirando un accidente en la vía.
  • Discutir con el acompañante girando la cabeza hacia el lado o atrás.
  • Comer o beber mientras se conduce
  • Leer un documento
  • Maquillarse
  • Besarse

Si estas acciones generasen un evidente peligro para el resto de usuarios, se pueden considerar como conducción temeraria y la multa sería de 500 euros y podría conllevar la pérdida de 6 puntos del carnet.

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