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La DGT lo hace oficial: las nuevas multas de tráfico afectarán a patinetes eléctricos, a bicicletas y a los de «solo una cervecita»

por Antonio R.
18 de octubre de 2025
en Motor
La DGT lo hace oficial: las nuevas multas de tráfico

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La Dirección General de Tráfico (DGT) tiene previsto fijar un límite de 0,2 g/l en sangre (0,1 mg/l en aire) para todos los conductores cuando se haga efectiva la reforma de la Ley de Seguridad Vial, que está prevista para este último trimestre de año. Habrá cambios considerables relacionados con las multas económicas, la reducción de puntos y los controles de tráfico, con especial incidencia en los patinetes eléctricos, bicicletas y también en aquellos que aseguran que sólo han tomado “una cervecita”.

En la actualidad, con la norma que está vigente, se puede conducir con 0,5 g/l en sangre (0,25 mg/l en aire) y con 0,3 g/l (0,15 mg/l) si eres novel o conductor profesional. Con la nueva normativa, el umbral bajara de forma general a 0,2 g/l (0,1 mg/l).

Los nuevos límites y los motivos del cambio de la DGT

El objetivo es reducir la siniestralidad y el consumo de alcohol antes de conducir cualquier vehículo. De hecho, tal y como ha quedado demostrado, el alcohol está presente entre el 30% y el 50% de los accidentes mortales. Disminuyendo la tasa permitida habrá menos margen para el alcohol y más posibilidades de dar positivo en un control de tráfico. Lo que se busca por parte de la DGT es una reducción clara del riesgo con una regla simple y uniforme.

Cuando se haga oficial la reforma, aparecerá un nuevo tramo: entre 0,1 y 0,25 mg/l en aire la sanción será de 200 euros, con reducción de pronto pago, y la pérdida de 2 puntos. A continuación un resumen de las sanciones que se le pueden imponer a un conductor que dé positivo en un control de alcoholemia:

  • Tasa 0,10–0,25 mg/l (0,20–0,50 g/l). Sanción económica de 200 euros, con reducción del 50% por pronto pago, y dos puntos del carnet de conducir. Debe entrar en vigor todavía.
  • Tasa >0,25 y ≤0,50 mg/l. Sanción económica de 500 euros y 4 puntos del carnet de conducir.
  • Tasa >0,50 mg/l. Sanción de 1.000 euros y 6 puntos del carnet.
  • Tasa ≥0,60 mg/l o 1,2 g/l. Sanción penal. Es un delito contra la seguridad vial.

Las consecuencias de negarse a pasar un control

En un control de Tráfico, si se da positivo, el coche queda inmovilizado de inmediato. Superar 0,6 mg/l en aire (o 1,2 g/l en sangre) constituye un delito con penas del Código Penal. Negarte a realizar las pruebas también es delito, con prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años. Añadir que si una persona fue sancionada el año anterior y reincide, la multa asciende a los 1.000 euros y la retirada será de 4 o 6 puntos, dependiendo del resultado.

Tasa cero para menores en patinete, bici y ciclomotor

Desde 2022 los menores de 18 años deben circular con tasa 0,0 g/l (0,0 mg/l) cuando lleven un patinete, bicicleta o ciclomotor de hasta 125 centímetros cúbicos. Si un menor conduce con 0,5 mg/l la multa es de 500 euros y la pérdida de 4 puntos en el ciclomotor. Si supera dicha cantidad, la sanción aumenta a los 1.000 euros, misma cifra que se paga si se niega a realizar la prueba.

Las claves antes de conducir y beber

Así, antes de salir a la carretera, es importante recordar:

  • Habrá un nuevo umbral general en 2025: 0,2 g/l sangre (0,1 mg/l aire).
  • Tramo 0,1-0,25 mg/l, multa de 200 euros y 2 puntos.
  • A partir de 0,6 mg/l o 1,2 g/l, delito penal.
  • Reincidencia en un año: 1.000 euros.
  • Menores con patinete, bicicleta o ciclomotor: tasa 0,0 obligatoria.
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