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Hacienda lo hace oficial: si compartes tu cuenta con tus hijos podrías tener problemas

por Antonio R.
4 de mayo de 2025
en Economía
Hacienda lo hace oficial: si compartes tu cuenta con tus hijos podrías tener problemas.

Hacienda lo hace oficial: si compartes tu cuenta con tus hijos podrías tener problemas.

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Es una práctica habitual de los padres compartir una cuenta bancaria con sus hijos cuando estos cumplen una determinada edad o cuando comienzan a generar ingresos, para ahorrarles cualquier gestión financiera. Aunque pueda parecer algo que no tiene mucha importancia, que se hace para ayudar a los más jóvenes, a Hacienda no le hace mucha gracia.

Desde la Agencia Tributaria se advierte que compartir una cuenta bancaria con los hijos puede derivar en problemas legales y tributarios si no se hace de la manera adecuada. El problema no radica en la cuenta y sí en la forma en la que se gestionan los fondos y la falta de pruebas sobre la propiedad del dinero. Muchos padres considera que al ser ellos titulares de la cuenta pueden hacer movimientos con el dinero con total libertad, sin consecuencias. Pero en Hacienda no opinan lo mismo, porque considera que cualquier ingreso, rendimiento o movimiento financiero de una cuenta conjunta puede generar una serie de obligaciones fiscales que muchos desconocen. Y el desconocimiento no exime de su cumplimiento.

Hacienda avisa por la cuenta compartida

El problema de compartir una cuenta entre padres e hijos aparece cuando no es posible demostrar a quién pertenece el dinero que hay en la misma. De acuerdo a Hacienda, si ambos son titulares, tienen acceso y disposición de los fondos, se entiende que ambos son propietarios del dinero, lo que puede derivar en situaciones fiscales complejas.

Un aspecto clave es la tributación de los intereses generados en la cuenta. Según la normativa, estos intereses se consideran como rendimientos de capital mobiliario y deben declararse en la renta del titular correspondiente. Por tanto, si la cuenta es compartida, Hacienda puede interpretar que ambos titulares deben tributar por estos rendimientos. Si esto sucede se podría generar un problema si el hijo no tenía conocimiento de ello o si no ha declarado como debe esos ingresos.

También es importante, si hubiese una inspección, que Hacienda puede exigir pruebas que acrediten quién es el verdadero propietario del dinero. Si los fondos proceden de los ingresos de uno de los padres se debe presentar la documentación que lo corrobore. En caso de no hacerlo la Agencia Tributaria puede considerar que pertenece al hijo y exigirle a él el pago de unos impuestos que no le corresponderían.

¿Se puede considerar como una donación encubierta?

Más allá del impacto en la Declaración de la Renta, compartir una cuenta bancaria con los hijos puede conllevar implicaciones en materia de donaciones e impuestos de sucesiones. Desde Hacienda se puede considerar que el dinero que los padres han depositado en la cuenta compartida es en realidad una cuenta encubierta, algo que es problemático si las cantidades son elevadas y no han sido declaradas.

En nuestro país, las donaciones están sujetas a tributación y, según la comunidad autónoma, los impuestos pueden ser significativos. Si desde Hacienda se entiende que existió una transferencia sin el pago de impuestos se pueden aplicar sanciones y recargos.

Esta situación también hay que tenerla en cuenta en el caso de la herencia. Si se produce el fallecimiento de uno de los titulares, los fondos podrían ser objeto de disputa si no se tiene claro quién es el dueño real del dinero. Si existen varios herederos habrá complicaciones de tipo legal y fiscal.

Las alternativas para evitar problemas

Los expertos recomiendan a los padres evitar el uso de cuentas compartidas con sus hijos cuando estos alcanzan la mayoría de edad. Entre las alternativas están:

  • Apertura de una cuenta a nombre del hijo. De esta manera se evita cualquier confusión fiscal sobre la propiedad y origen de los fondos y se simplifican las obligaciones.
  • Autorización de la cuenta. El padre o madre, en lugar de se cotitular, puede parecer como autorizado. Esto le permitirá hacer gestiones y movimientos sin que Hacienda interprete que hay copropiedad de los fondos.
  • Transferencias justificadas. Si los padres quieren ayudar económicamente a sus hijos, pueden hacerles transferencias puntuales y que queden registradas con un concepto claro. Se demuestra así que el dinero pertenece a los padres hasta que es transferido.
  • Testamento y planificación patrimonial. Para evitar problemas se recomienda contar con asesoramiento legal y planificar la transmisión de bienes y dinero dentro de la familia.
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