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Hacienda lo confirma: aunque tengas dos pagadores, estás exento de declarar si cumples estos requisitos

por Antonio R.
14 de abril de 2025
en Economía
Hacienda lo confirma: aunque tengas dos pagadores, estás exento de declarar si cumples estos requisitos

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La campaña de la Renta correspondiente al ejercicio de 2024 arrancó el pasado mes de abril y acabará el próximo 30 de junio. Millones de contribuyentes están obligados a presentar su declaración ante Hacienda, que ha enviado un mensaje a todo aquellos que tienen dos pagadores, para los cuales el límite para presentar la declaración es más bajo, está fijado en los 15.876 euros brutos anuales, siempre que el segundo o sucesivos pagadores lo hagan por encima de los 1.500 euros. Pero desde el Misterio de Hacienda se avisó también de que este límite puede ser rebasado en ciertos casos: si hemos recibido más de 1.500 euros por alguno de los conceptos que Hacienda no considera como segundo pagador, y aunque el total de ingresos supere los 15.876 euros, no estaremos obligados a presentar la Declaración de la Renta.

¿Quiénes están obligados a presentar la Declaración de la Renta?

Para esta campaña de la Renta 2025, correspondiente al ejercicio de 2024, no todos los contribuyentes están obligados a tener que presentar la declaración, pero desde la Agencia Tributaria se establece una serie de límites que dependen del número de pagadores que una persona tenga y del total de ingresos percibidos durante todo el 2024. Los límites para declarar el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) son:

  • Un solo pagador. En este caso están obligados a realizar la Declaración de la Renta todos aquellos contribuyentes que hayan obtenido ingresos iguales o superiores a 22.000 euros anuales.
  • Dos pagadores o más. Si el segundo pagador no supera los 1.500 euros anuales, el límite se mantiene en 22.000 euros. En cambio, si el segundo o alguno de los pagadores supera los 1.500 euros, se reduce el umbral y deberán declarar todos aquellos que hayan percibido 15.876 euros o más.

Esta normativa afecta en especial a todos aquellos que han cambiad de empleo durante el año o han cobrado alguna prestación del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), ya que también se consideran como un pagador a efectos legales.

¿Qué no es considerado por Hacienda como segundo pagador?

Desde Hacienda no se cataloga como segundo pagador a todos aquellos pagos delegados ni a las sucesiones tributarias entre empresas. Además, tampoco se tienen en cuenta como pagadores las indemnizaciones por los siguientes casos:

  • Accidente
  • Ayudas a víctimas del terrorismo
  • Pensiones
  • Prestaciones por dependencia, acogida, becas o rentas mínimas

Por tanto, si hemos recibido más de 1.500 euros por alguno de los conceptos anteriores y que Hacienda no los considera como que son de un segundo pagador, los contribuyentes no estarán obligados a presentar la Declaración de la Renta a pesar de que sus ingresos superen los 15.876 euros.

Tener dos pagadores, ¿implica pagar más en la Declaración de la Renta?

Es común entre los contribuyentes pensar que, al tener dos o más pagadores, la Declaración de la Renta salga a pagar. Pero la realidad es totalmente distinta, porque la clave no reside en el número de pagadores y sí en las retenciones que aplica el segundo.

El segundo pagador suele retener menos IRPF, como si fuera el único pagador, sin contar los ingresos que ha recibido el contribuyente de otro empleo o prestación. En el momento de hacer la Declaración, Hacienda calcula lo que se debería haber retenido en total y, si es inferior a lo que corresponde, la diferencia hay que abonarla.

Para evitarlo, el contribuyente puede solicitar al segundo pagador que le ajuste la retención desde el principio, lo que ayuda a equilibrar el resultado final y evitar pagos inesperados.

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