Para este 2025 Hacienda se propuso tener un mayor control sobre las cuentas bancarias de todos y cada uno de los ciudadanos con el firme objetivo de evitar el fraude fiscal y el blanqueo de capitales. Así, desde el pasado 1 de enero, en la Agencia Tributaria han puesto el foco en los movimientos que se llevan a cabo, sobre todo de los trabajadores autónomos, que son sometidos cada mes a un examen especial sobre ingresos y cobros. Además, ahora también, desde el organismo público, tiene derecho a intervenir aquellas cuentas que no hayan sido tocadas durante 20 años, las llamadas cuentas abandonadas.
Lo que dice el Banco de España sobre estas cuentas
El Banco de España considera que una cuenta ha sido abandonada cuando en los últimos 20 años no se han llevado a cabo movimientos ni de entrada ni de salida de capital de la misma. Esto suele ocurrir, sobre todo, en casos de personas fallecidas que no han dejado testamento y también se da la circunstancia de que sus familiares han mostrado poco interés por dichas cuentas. En ocasiones lo que ocurre es que las personas fallecidas no tienen ningún derecho. Ante esta situación, el dinero de las cuentas bancarias abandonadas irá a Hacienda.
En la web del Banco de España se puede leer que “una cuenta se considerará legalmente ‘abandonada’ después de 20 años sin que el titular haga ningún movimiento en la misma. El dinero existente pasaría entonces a ser propiedad del Estado”. Así, como ejemplo, se informa en este portal que la última vez que se hizo un recuento de lo recaudado por cuentas abandonadas fue en 2021 y la cantidad que se ingresó estaba alrededor de los 29 millones de euros. Además de este tipo de cuentas, el dinero procedía de sociedades valores, establecimientos de créditos y otros productos financieros.
Hacienda debe asegurarse de que no hay movimientos
Antes de que Hacienda se quede con el dinero de las cuentas que están abandonadas, los bancos tienen que realizar una serie de trámites, según se indica desde el Banco de España. Lo primero que debe hacer una entidad bancaria es “comprobar y garantizar que no se ha realizado ningún movimiento ni gestión del titular sobre la misma”.
Una vez que se han verificado todos los movimientos, Hacienda también deberá notificar al titular, al menos tres meses antes del cumplimiento de los 20 años, mediante un correo certificado u otra dirección que tenga el banco de que “no ha realizado gestión alguna en la misma junto al plazo restante para considerarla abandonada”. Esta no notificación no se hará cuando el coste de llevarla a cabo supere el importe de los fondos de la cuenta.
Desde el Banco de España se deberá “facilitar a los titulares de los fondos, o a sus herederos, si lo solicitan, certificación de que aquellos se han entregado a la Administración General del Estado, con indicación expresa de la fecha de su declaración y de la Delegación de Economía y Hacienda”.
Lo que aconseja el Banco de España
Al Banco de España no le corresponde declarar que una cuenta está en situación de abandono, esta decisión recae sobre la Dirección General del Patrimonio del Estado. Desde el Banco de España lo que recomiendan a los titulares de las cuentas bancarias es llevar un correcto control sobre las mismas y tener actualizados los datos de contacto. Así, “si en algún momento decidiéramos dejar de usar una cuenta, lo más conveniente será dar instrucciones expresas a nuestro banco, por escrito, solicitando su cancelación”.
