La Campaña de la Renta y Patrimonio del ejercicio 2024 se encuentra activa en estos momentos, ya que finalizará el próximo 30 de junio. Hasta dicho día es posible presentar la documentación necesaria para hacer la Declaración que corresponde al año anterior. Si hay buenas noticias y sale a devolver por parte de Hacienda, este organismo dispone de seis meses desde la fecha de presentación de la Declaración o desde la finalización del plazo de presentaciones para realizar el correspondiente pago. Si Hacienda se demora, el organismo deberá pagar una serie de intereses al contribuyente, que en este 2025 serán del 4,0625%.
La devolución por parte de Hacienda
Normalmente, cuando Hacienda devuelve dinero al contribuyente lo hace a través de una transferencia bancaria ya que previamente se ha dado un número de cuenta, en el momento de formalizar la Declaración de la Renta. En cuanto al tiempo para recibir la cantidad económica por parte de Hacienda, por norma general no suele ir más allá de una semana desde que se ordena la devolución.
A pesar de que se estipula una semana, en ocasiones pueden surgir complicaciones que demoren el proceso de devolución. Este problema puede surgir porque se han cometido errores por parte del contribuyente a la hora de presentar la Declaración de la Renta, aunque también puede ser por un fallo propio de la Agencia Tributaria.
Las principales causas de los retrasos
De acuerdo a los expertos de TaxDown, los motivos por los que Hacienda se puede retrasar en la devolución de la Renta son los siguientes:
- Errores en la Declaración de la Renta o cambios.
- Falta de documentación en la Declaración.
- El contribuyente incluye una nueva deducción en la Renta.
- La cuenta bancaria ofrecida por el contribuyente está inactiva.
- Hacienda necesita revisar algo respecto a la Declaración realizada.
Si el contribuyente tiene dudas sobre este proceso, puede consultar el estado de su devolución de forma sencilla a través de la Agencia Tributaria o desde la aplicación Renta Web.
Los intereses de demora que debe pagar Hacienda
Tal y como se dijo anteriormente, Hacienda dispone de seis meses desde la finalización del plazo de presentación para realizar la Declaración de la Renta. En caso de superarlo, la Agencia Tributaria deberá pagar una serie de intereses al contribuyente. Estos se conocen como intereses de demora y están previstos en la Ley de IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) en el artículo 103. Por tanto, el retraso del pago por parte del organismo público podría conllevar un beneficio extra para el contribuyente.
En este 2025 el interés de demora que se aplica a Hacienda es del 4,0625% con respecto a la cantidad que debe devolver al contribuyente. Así el interés de demora se calcula desde la fecha de retraso hasta el día en la que se ordena el pago. Este interés de demora que debe afrontar la Agencia Tributaria es aplicado de manera automática en el momento en el que se efectúa la devolución, el cliente no tendrá que realizar ningún tipo de reclamación para recibirlo.
Es importante tener en cuenta que el interés de demora sólo se aplica si el retraso en la devolución por parte de Hacienda no es culpa del contribuyente, tal y como se recoge en la normativa. Por lo general, no suele haber retraso en el pago de la devolución, pero los contribuyentes debe conocer que tienen derecho a cobrar un interés de demora en caso de que esto se produzca.
