En España, el panorama de la jubilación anticipada por discapacidad de gravedad igual o superior al 45% sufrió una importante transformación el 16 de mayo de 2023.
En esa fecha, el Consejo de Ministros aprobó una reducción de los años cotizados necesarios para jubilarse anticipadamente. Por consiguiente, se rebajó el umbral de 15 a 5 años desde el diagnóstico de la incapacidad.
Además, las personas con pluridiscapacidad o con más de una dolencia que las discapacite, también se beneficiaron de esta medida. Por lo tanto, ahora pueden optar a la jubilación anticipada aquellas personas cuya suma de sus patologías es superior al 45% de discapacidad.
Criterios actualizados para acceder a la jubilación anticipada por discapacidad
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha abogado por que determinadas dolencias sean reconocidas como generadoras de discapacidad por su importante impacto en la esperanza de vida. Entre ellas se encuentran:
- Discapacidad Intelectual
- Parálisis Cerebral
Anomalías Genéticas:
- Síndrome de Down
- Síndrome de Prader-Willi
- Síndrome X Frágil
- Osteogénesis imperfecta
- Acondroplasia
- Fibrosis quística
- Enfermedad de Wilson
- Trastornos del espectro autista
- Anomalías congénitas secundarias a la talidomida
- Secuelas de Polio o Síndrome Post-Polio
Daño Cerebral Adquirido:
- Daño Cerebral Traumático
- Secuelas de tumores, infecciones o intoxicaciones del SNC
Enfermedad mental:
- Esquizofrenia
- Trastorno bipolar
Enfermedades neurológicas:
- Esclerosis Lateral Amiotrófica
- Esclerosis Múltiple
- Leucodistrofias
- Síndrome de Tourette
- Lesión medular traumática
Sin embargo, el CERMI ha instado a la inclusión de 11 nuevas afecciones, alegando su importante repercusión en el bienestar y la esperanza de vida de los pacientes.
Parámetros de acceso a la jubilación anticipada por discapacidad
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha emprendido recientemente una iniciativa encaminada a ampliar los parámetros de acceso a la jubilación anticipada por discapacidad con un grado de severidad igual o superior al 45%. Esta iniciativa aboga por la incorporación de once discapacidades adicionales al marco existente.
En nombre del CERMI, su presidente, Luis Cayo Pérez Bueno, ha destacado la singularidad de estas discapacidades, señalando que: actualmente no están contempladas en la normativa vigente en materia de jubilación anticipada por incapacidad.
Pérez Bueno subrayó el objetivo de incorporar condiciones que «incidan significativamente en la esperanza de vida» de las personas afectadas, en línea con el espíritu del Real Decreto que ordena la revisión del listado de patologías que dan derecho a la jubilación anticipada.
Para facilitar esta ampliación del catálogo de discapacidades que permiten la jubilación anticipada, el CERMI aboga por la creación de un grupo de trabajo específico. Integrado por representantes de la Seguridad Social, del Ministerio de Derechos Sociales (a través de las Direcciones Generales de Derechos de las Personas con Discapacidad y del IMSERSO) y del propio CERMI, este grupo profundizaría en los entresijos de la propuesta para preparar las bases de la elaboración de una Orden Ministerial que formalice este proceso de actualización.
La Seguridad Social, bajo la dirección de Elma Saiz, ha afirmado su compromiso de «analizar» y «evaluar» la propuesta presentada por del CERMI, explorando la viabilidad de integrar estas nuevas discapacidades en los criterios de jubilación anticipada por discapacidad. Esta medida supondría, sin duda, un avance significativo en el reconocimiento y asistencia a las personas con discapacidad, demostrando la dedicación de la sociedad y del Gobierno a la mejora continua de su calidad de vida.
Las 11 nuevas dolencias que se incorporarían a la jubilación anticipada por discapacidad
- Artritis reumatoide
- Encefalomielitis Miálgica
- Amiloidosis Transtiretina Variante (ATTRv)
- Enfermedad de Huntington
- Enfermedad de Parkinson
- Distrofia miotónica de tipo 1 (enfermedad de Steinert)
- Espina bífida
- Fibromialgia
- Inmunodeficiencias primarias
- Lupus eritematoso sistémico
- Esclerosis sistémica
A medida que se desarrollen los debates y se tomen las decisiones, estas nuevas inclusiones podrían afectar profundamente a las vidas de muchas personas, proporcionándoles el apoyo y el reconocimiento que tanto necesitan para superar los retos que plantean sus afecciones.
Es importante mantenerse al tanto de las actualizaciones a medida que la Seguridad Social determine los criterios de elegibilidad para la jubilación anticipada por discapacidad en función de estas enfermedades propuestas.