Las multas de Hacienda generan una gran preocupación en cualquier ciudadano. Si se recibe una sanción por parte del organismo público, esto quiere decir que hay una deuda económica y que puede conllevar graves problemas de cara al futuro. Estas sanciones son impuestas por que el contribuyente ha incumplido con sus obligaciones fiscales, ya sea por error, omisión o conducta fraudulenta en su Declaración de la Renta o los pagos de impuestos. Todo puede ir a peor con recargos, subidas de intereses e incluso embargos si la deuda no es pagada a tiempo. Pero también hay que saber que las multas tienen fecha de caducidad y suelen hacerlo a los cuatro años.
El plazo del que dispone Hacienda
De acuerdo al artículo 66 de la Ley General Tributaria, las deudas con Hacienda, como normal general, prescriben a los cuatro años. Es el tiempo del que dispone Hacienda para comprobar la autoliquidación de un impuesto presentado por la empresa. Este plazo también se aplica para que la empresa pueda rectificar dicha autoliquidación. Así, los derechos que prescriben son los siguientes:
- El derecho de la Administración para determinar la deuda tributaria mediante la oportuna liquidación.
- El derecho de la Administración para exigir el pago de las deudas tributarias liquidadas y autoliquidadas.
- El derecho a solicitar las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.
- El derecho a obtener las devoluciones derivadas de la normativa de cada tributo, las devoluciones de ingresos indebidos y el reembolso del coste de las garantías.
Ley de Segunda Oportunidad, una opción a la que acogerse
En el momento en el que la deuda prescribe, no quiere decir que la misma queda eliminada. Aunque Hacienda no pueda exigir el pago, sigue existiendo. En el caso de las deudas activas, hay un proceso legal con unos determinados requisitos que permite a las personas físicas cancelar parcial o totalmente la deuda. Es lo que se conoce como la Ley de Segunda Oportunidad.
Dicha ley es un mecanismo legal en nuestro país por el que tanto particulares como autónomos pueden librarse total o parcialmente de la deuda cuando no se puede hacer frente a la misma, siempre que hayan actuado de buena fe. Con esta ley se pretende dar una salida a aquellas personas que han caído en una situación de sobreendeudamiento, a los que se les permite empezar de nuevo sin deudas.
La Ley de Segunda Oportunidad permite exonerar hasta 10.000 euros de deuda con Hacienda e incluso otros 10.000 con la Seguridad Social.
Requisitos de Hacienda para aplicar la Ley de Segunda Oportunidad
No todo el mundo puede acogerse a este mecanismo legal, pues es necesario cumplir una serie de requisitos para ello:
- El deudor debe ser insolvente, demostrara que no dispone de patrimonio suficiente para hacer frente a las deudas.
- El deudor debe haber obrado de buena fe. Esto quiere decir que se tendrá en cuenta el historial crediticio y el comportamiento en general de quien solicita cogerse a este mecanismo. Por tanto, esta persona no puede haber sido condenada por delitos socioeconómicos o patrimoniales contra instituciones públicas como Hacienda o la Seguridad Social en los últimos 10 años. El objetivo es beneficiar a aquellas personas que “quieren cumplir con sus obligaciones pero que se encuentran en una mala situación económica”.
- Tener deudas con al menos dos acreedores diferentes.
Este mecanismo arranca con la solicitud del mismo en el Juzgado de lo Mercantil y en el mismo se debe aportar toda la documentación que justifique el cumplimiento de los requisitos par poder acogerse a estas medidas.
