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El límite de Hacienda para hacer transferencias entre familiares o amigos

Existe un máximo a partir del cual la Agencia Tributaria comienza a vigilar para evitar fraudes

por Redacción
25 de diciembre de 2024
en Economía
¿Hay un límite de Hacienda para hacer transferencias entre familiares o amigos?

¿Hay un límite de Hacienda para hacer transferencias entre familiares o amigos?

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Nada se escapa al control de Hacienda, o esa es la intención. Desde el organismo gubernamental, en colaboración con las entidades bancarias, se vigilan mucho movimientos en el día a día y no necesariamente grandes transacciones de dinero. Desde los bancos están obligados a comunicar a la Agencia Tributaria ciertos movimientos que puedan resultar sospechosos, los referidos a pagos, ingresos o transferencias que excedan del límite que Hacienda establece y a partir del cual se pone mano a la obra para investigar.

El motivo de la supervisión por parte de Hacienda está claro. Se pretende mantener un control sobre los flujos de dinero y prevenir actividades delictivas. Desde el fisco se fijan unos umbrales que todos deberíamos conocer para saber qué movimientos, tanto bancarios como en efectivo, son los que hacen saltar la alarma en la Agencia Tributaria.

Hacienda, atenta a esta cantidad

La normativa, Ley 7/2012 de 29 de octubre, reconoce que la Agencia Tributaria vigilará y desde las entidades bancarias deberán facilitar toda la información posible sobre pagos y cobros que rebasen los 3.000 euros. Asimismo, establece que serán controladas todas aquellas transacciones de dinero que superen los 10.000 euros, al igual que todos los préstamos y créditos que estén por encima de los 6.000 euros.

Si se dan este tipo de operaciones, desde el banco en concreto se debe comunicar a la Agencia Tributaria, que estará legitimada para pedir cuentas a los actores de la misma. Si no existe la cooperación necesaria por parte de estos con Hacienda, las multas podrían alcanzar hasta el 50% de la cantidad que es objeto de la investigación.

Si la transferencia se realiza entre familiares, aquellos que los realizan deben saber que las mismas están sujetas al Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Mediante el mismo se exige el pago de un porcentaje según la cantidad donada. También hay que tener en cuenta que la reducción es muy diferente si se hace en un lugar u otro de España, pues cada comunidad autónoma tiene una normativa respecto a este concepto.

En el caso de la transferencia entre los miembros de una familia, si esta no es superior a los 6.000 euros no habrá investigación, tal y como establece la normativa de Hacienda, que entrará a investigar si es superior. En este caso, las personas que formen parte de esta operación podrían ser investigadas y obligadas pagar una multa. Para no llegar a esta situación, la solución es realizar el pago de Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

En la web de la Agencia Tributaria se puede ver. En el portal se dice que “la falta de declaración de los medios de pago es una infracción grave” y que tiene una sanción “mínima de 600 euros”. En cuanto al importe máximo, este podrán alcanzar la mitad de lo transferido y una amonestación pública o privada. La persona sancionada tendría un mes para reclamar y presentar un recurso correspondiente para intentar que no sea efectivo el castigo.

Los billetes de 500, bajo control

No sólo las transacciones están bajo la lupa de Hacienda, pues también se vigilan los movimientos de dinero en efectivo que se realizan con billetes de 500 euros. Si se extraen billetes de esta cantidad, la entidad bancaria emitirá un aviso a la Agencia Tributaria, que seguirá la pista del dinero.

A todo esto hay que añadir que desde el Gobierno se aprobó hace cuatro años, finales de 2020, una nueva normativa con el objetivo de luchar contra los fraudes. Para ello se limitaron los pagos en efectivo. Esta norma, Ley 11/2021, de 9 de julio, establece que la cantidad máxima para pagar en metálico es de 1.000 euros. Si se desea adquirir un producto o servicio por un importe superior, el cliente tendrá que utilizar otro medio de pago.

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