Desde la cuenta de la red social X de los Mossos se publicó una inusual infracción cometida por un motorista en la carretera BP-1101, a la altura de la localidad barcelonesa de Bruc. En dicha vía, con dos carriles para ambos sentidos separados casi siempre por una línea continua, adelantar es imposible y los límites de velocidad en muchas zonas son de 50 km/h y en otras de 70 km/h.
El conductor de la moto, lejos de mantenerse en una velocidad dentro de los límites, ralentizó su marcha hasta llega a la desesperación de muchos, pues en algún momento se situó en los 23 km/h, creando una larga cola detrás. Al mismo tiempo, se dedicaba a avisar a los otros conductores de la presencia de un helicóptero de Tráfico.
El Reglamento de la Dirección General de Tráfico (DGT) contempla, en su artículo 45, que ningún conductor debe circular a una velocidad anormalmente reducida, entorpeciendo la marcha normal de otros vehículos, salvo que tenga una razón justificada (tráfico, meteorología, avería, etcétera). De acuerdo a la normativa, estará permitido circular muy despacio cuando hay demasiado tráfico en la vía, para evitar accidentes, así como cuando la climatología dificulta la conducción (niebla, lluvia o nieve). También, claro está, al aproximarse a intersecciones, vías de uso exclusivo de ciclistas y pasos de peatones, mercados, centros docentes o zonas en las que haya presencia de niños.
A cuánto debería circular este motorista
Respecto de la velocidad a la que se considera conducción reducida, se suele fijar la inferior a la mitad del límite establecido para esa carretera. Por tanto, en una vía de 70 km/h sería motivo de infracción circulara a 35 km/h o menos, siempre que no se tenga una causa justificada. De acuerdo con el artículo 76 de la Ley de Seguridad Vial, merece una multa de 100 euros pero no tendrá pérdida de puntos.
En cuanto a avisar de radares fijos, móviles o de un helicóptero de Tráfico, no está contemplado como infracción, pero sí lo está cuando se emplean las luces (ráfagas) de forma indebida, lo que acarrea otra multa de 80 euros.
En Madrid, nuevas cámaras de la DGT
En nuestro país se persigue la mejora de la seguridad vial y para ello, por ahora en la ciudad de Madrid, se han instalado nuevas cámaras de seguridad cuya función única es la identificar a los conductores que pisan la línea continua en los accesos a las autovías. La instalación corre a cargo de la DGT y ya se conocen incluso las ubicaciones en las que han sido instaladas.
En concreto, se trata de cuatro carreteras que contará con esta nueva medida de seguridad. El objetivo principal de la instalación de estas cámaras es reducir el número de fallecidos en carretera. Las ubicaciones exactas que han sido elegidas por la DGT para la colocación de estos dispositivos son:
- Carretera A-1, en el kilómetro 15,9, cercano a la ciudad de Alcobendas.
- Carretera A-2, en el kilómetro 11,8, en las inmediaciones del Aeropuerto de Barajas.
- Carretera A-42, en el kilómetro 16,9, después de superar Getafe.
- Carretera A-6, en el kilómetro 20,2, próximo a Las Rozas.
Así se realiza la identificación
El proceso para identificar la infracción es bastantes sencillo ya que una cámara registra la matrícula del vehículo al entrar al carril de acceso y otra, unos metros después, comprueba si la incorporación se realiza sin pisar la línea continua. Con ambas imágenes, la DGT toma una decisión para aplicar una posible sanción de 200 euros.
