En un giro significativo para los beneficiarios de las pensiones de viudedad en España, la Seguridad Social ha anunciado una paga extra en junio que duplicará el importe mensual que reciben. Este pago especial es parte de un ajuste en las pensiones de viudedad que se implementará este 2024, el cual ha llevado a un incremento histórico en estas prestaciones.
La pensión de viudedad en España es una ayuda económica destinada a apoyar a las personas que han perdido a su cónyuge, ex cónyuge o pareja de hecho registrada. Esta prestación es crucial para muchas personas en situación de vulnerabilidad económica tras la pérdida de su pareja. En 2024, estas pensiones han experimentado un aumento del 14%, superando por primera vez los 1.000 euros mensuales.
Además, las pensiones mínimas de viudedad se están equiparando de forma progresiva a las pensiones mínimas de jubilación. Esto significa que, en un plazo de cuatro años, las pensiones mínimas de viudedad aumentarán entre 1.775 y 3.800 euros mensuales.
Pensión de viudedad
Este año, la cuantía mínima ha pasado de 906 a 1.033 euros mensuales. Con estas revalorizaciones, algunos beneficiarios recibirán la cuantía máxima vigente de 3.175,04 euros mensuales. En junio, cuando se entregue la paga extra de verano, algunos pensionistas verán un aumento en sus cuentas bancarias de hasta 6.350,08 euros, ya que esta paga extra corresponde al doble exacto de la mensualidad percibida.
Esta mejora en las pensiones viene acompañada de una posible reforma en su cálculo. La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, ha mencionado que el Gobierno está considerando utilizar los años de cotización del causante para calcular la mensualidad que corresponde a la viuda o viudo. Este enfoque forma parte de las «líneas de acción» que el Gobierno está explorando para llevar a cabo una reforma integral y gradual de las pensiones de viudedad. La otra línea de acción se centra en garantizar la protección de las personas beneficiarias de 65 años o más, cuya pensión sea su principal fuente de ingresos.
Los requisitos para solicitar la pensión de viudedad varían según la situación personal del solicitante:
Si la muerte es causada por una enfermedad común previa al matrimonio, el cónyuge superviviente debe demostrar:
- Existencia de hijos en común.
- Que el matrimonio se celebró al menos un año antes del fallecimiento.
- Una convivencia de al menos dos años antes del fallecimiento.
Para las parejas de hecho: El superviviente debe acreditar:
- Registro de la pareja de hecho al menos dos años antes del fallecimiento.
- Convivencia de cinco años o existencia de hijos en común.
Para divorcios o separaciones judiciales:
- Acreditar el cobro de una pensión compensatoria.
- No formar parte de una nueva pareja de hecho o matrimonio.
Si el divorcio ocurrió antes de 2008, no es necesario acreditar el cobro de una pensión compensatoria si:
- Han pasado menos de 10 años entre la separación o divorcio y el fallecimiento.
- El matrimonio duró al menos 10 años.
- Existen hijos en común.
- El beneficiario tiene al menos 50 años.
- Víctimas de violencia de género: Tendrán derecho a pensión de viudedad aunque no sean acreedoras de la pensión compensatoria, siempre y cuando puedan acreditar que eran víctimas de violencia de género en el momento de la extinción de la pareja de hecho mediante sentencia firme o archivo de la causa por extinción de la responsabilidad penal por fallecimiento.
Estas medidas y revalorizaciones buscan proporcionar un mayor apoyo económico a los beneficiarios de las pensiones de viudedad, mejorando así su calidad de vida y estabilidad económica. Con la implementación de estas reformas, se espera que el sistema de pensiones en España se haga más justo y equitativo, asegurando que las personas en situación de vulnerabilidad reciban la ayuda que necesitan.