Los radares están a punto de someterse a una transformación radical. Desde su invención, han sido pilares fundamentales en la regulación del tráfico y la prevención de accidentes, pero ahora, la Dirección General de Tráfico (DGT) anuncia cambios significativos que afectarán la forma en que operan estos guardianes del asfalto.
Históricamente, los radares han sido conocidos por su papel en el control de la velocidad. Su capacidad para medir con precisión la velocidad de los vehículos ha sido crucial para hacer cumplir los límites de velocidad y, en última instancia, para garantizar la seguridad en las carreteras.
Sin embargo, la tecnología detrás de estos dispositivos ha evolucionado con el tiempo, y con ella, las regulaciones que los rigen.
Nuevas regulaciones de la DGT con los radares
Hasta la fecha, la «regla del 5 y del 7» había sido la norma en cuanto a la medición de velocidad se refiere. Esta regla establecía que, en carreteras donde la velocidad máxima permitida fuera igual o inferior a 100 kilómetros por hora, los radares fijos tenían un margen de error de 5 kilómetros por hora, mientras que los radares móviles tenían un margen de 7 kilómetros por hora. En otras palabras, si un conductor excedía el límite de velocidad en hasta 5 o 7 kilómetros por hora, dependiendo del tipo de radar, no recibiría una multa.
Sin embargo, todo esto está a punto de cambiar. La DGT ha anunciado una nueva normativa que modificará drásticamente estos márgenes de error, con el objetivo de hacer que las mediciones de velocidad sean aún más precisas y efectivas en la reducción de accidentes de tráfico.
La nueva regla, denominada «regla del 3 y del 5«, establece que en carreteras donde el límite de velocidad supere los 100 kilómetros por hora, los radares fijos tendrán un margen de error de 3% del límite de velocidad, mientras que los radares móviles tendrán un margen de 5% del límite de velocidad. Esta reducción significativa en los márgenes de error significa que los conductores ahora tendrán menos margen para exceder los límites de velocidad sin ser sancionados.
Qué implican estos cambios y multas
Pero estos cambios no solo afectarán a los conductores; también implican una actualización en los instrumentos de medición utilizados por los radares. De acuerdo con una Orden Ministerial emitida a finales de 2023, se establece la obligatoriedad de controlar y homologar los instrumentos de medida de velocidad, garantizando así su precisión y fiabilidad.
Los defensores de la seguridad vial han acogido con satisfacción estos cambios, destacando su potencial para reducir los accidentes de tráfico y salvar vidas en nuestras carreteras. Según datos de la DGT, el exceso de velocidad sigue siendo una de las principales causas de accidentes en España, y cualquier medida que contribuya a combatir este problema es bienvenida.
Sin embargo, algunos conductores han expresado preocupación por la rigurosidad de las nuevas normativas, argumentando que incluso pequeños errores de cálculo podrían resultar en sanciones económicas significativas. Ante esto, las autoridades han reiterado la importancia de respetar los límites de velocidad y conducir de manera responsable en todo momento.
Las multas por exceso de velocidad varían según la gravedad. En vías urbanas, superar los límites por más de 60 km/h conlleva multas de 100 a 600 euros y la pérdida de 2 a 6 puntos. En vías interurbanas, superar los límites por más de 80 km/h implica sanciones similares. Las multas se clasifican en leves, graves y muy graves, con montos de hasta 100, 200 y 500 euros, respectivamente. Exceder los límites de velocidad conlleva multas específicas, desde 100 euros sin puntos hasta 600 euros y la pérdida de 6 puntos, además de ser considerado un delito penal.
Por tanto, los radares están evolucionando para adaptarse a los estándares más exigentes de precisión y fiabilidad. A partir de mayo de 2024, los conductores deberán ajustarse a los nuevos límites establecidos, recordando siempre que la seguridad vial es responsabilidad de todos.