El anteproyecto de Ley sobre la reducción de jornada que ha sido aprobado por el Gobierno también introduce novedades en el registro de la jornada para que esta media sea eficaz en su totalidad. Esto afecta de forma directa tanto al registro diario ordinario como a las horas extras que cada uno de los trabajadores lleve a cabo. Todo con el objetivo principal de que no se puedan falsear las horas y que las empresas cumplan de manera adecuada con los límites legales de la jornada. Por tanto, la totalidad del tiempo empleado desde el inicio de la jornada hasta la finalización de la misma será catalogado como tiempo efectivo, por lo que el resto de horas que se dediquen tendrán consideración de extra o declaradas como tiempo complementario.
El registro digital
En el momento en el que la reforma impulsada por el Gobierno socialista sobre la reducción de la jornada laboral sea aprobada, las empresas nacionales deberán contar con un registro digital y permitir el acceso remoto de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. En este aspecto, el Gobierno de Pedro Sánchez quiere implementar algunas medidas que aparecen en el texto que ha llegado al Consejo de Ministros:
- Sistema de registro de jornada realmente eficaz, presidido por los principios de objetividad, fiabilidad, accesibilidad e interoperabilidad.
- Que el registro se a accesible a cada persona trabajadora de modo automático y a la representación de las personas trabajadoras y a la ITSS (en estos dos últimos casos también de modo remoto.
De esta manera, la empresa deberá poner un registro digital de la jornada para asegurar que se cumple con la normativa del Gobierno. Eso sí, serán los trabajadores lo que practiquen los asientos de forma personal y directa, evitando de esta manera que la empresa pueda condicionar su contenido. De todas formas, quedarán registradas todas las interrupciones de la jornada que puedan ser determinantes en el cómputo general.
Identificación a la entrada y a la salida
Con esta normativa, cada trabajador deberá identificarse de manera personal con el objetivo de garantizar que los datos aportado son auténticos y se hará en un formato legible y compatible, que permita tanto a los trabajadores como a las representantes legales acceder de forma inmediata al registro de jornada de trabajo, con independencia de que sea de manera presencial o remoto.
El objetivo que se marca el Ministerio de Trabajo es que esta medida esté presente en el Boletín Oficial del Estado (BOE) antes del verano. Para ello, las empresa tendrán unos meses de adaptación ya que, según lo acordado, los convenios colectivos que tengan más de 37,5 hora a la semana de jornada en promedio anual tendrán hasta el 31 de diciembre de 2025 para adaptarse a la jornada máxima de 37,5 horas.
Para que todo pueda seguir de acuerdo a lo ideado, hay que respetar un largo recorrido legal. Cuando el Gobierno apruebe la reforma, el texto recibirá los preceptivos informes del Consejo de Estado, antes de volver al Consejo de Ministros ya como proyecto de Ley. Esto se estima, desde el Ministerio de Trabajo, que se producirá a finales de este mes de febrero. Por último, entrará en el Congreso de los Diputados y los grupos parlamentarios podrán introducir nuevas enmiendas antes de la aprobación final.
La desconexión digital fuera del horario laboral
La norma que se pretende instaurar desde el Gobierno establece el derecho a la desconexión digital de los trabajadores fuera de su jornada laboral, siendo este un derecho fundamental de cada empleado que no podrá tener consecuencias negativas por no atender a las comunicaciones de la empresa que se realicen al margen del horario de trabajo.
