A la hora de volar es importante saber qué podemos llevar con nosotros y que no. Hay que tener toda la información posible y actualizada, porque cambia cada cierto tiempo y también depende de la compañía con la que se vaya a realizar el viaje.
Así, por ejemplo, en el equipaje de mano se puede llevar una amplia variedad de artículos siempre y cuando se cumpla con las regulaciones de seguridad y tamaño. Los líquidos deben seguir la norma del 3-1-1, por la que cada recipiente no puede contener más de 100 ml y todos tienen que estar en una bolsa trasparente con cierre hermético de 1 litro de capacidad.
En cuanto a los alimentos sólidos, tales como sándwiches, galletas y frutas, están permitidos. Las comidas que son líquidas o semilíquidas, como sopas y yogures, deben cumplir con la regla de los líquidos anteriormente mencionada. En lo que se refiere a medicamentos, estos debe ir en su presentación original y también están permitidos los dispositivos médicos como inhaladores y glucómetros al igual que sillas de ruedas, maletas y otros equipos de asistencia.
Las políticas de Ryanair
Si el vuelo lo vas a hacer con Ryanair es importante repasar antes la normativa específica de cada vuelo, pues pueden actualizarse de manera periódica.
- Como equipaje de mano está permitida una bolsa pequeña de hasta 40 cm x 20 cm x 25 cm que debe caber debajo del asiento delantero
- Como equipaje adicional, si se opta por la opción Prioridad y dos piezas de equipaje de mano, se puede añadir una pieza de 10 kg con dimensiones máximas de 55 cm x 40 cm x 20 cm.
La lista completa de artículos prohibidos por Ryanair
Este es el listado completo de artículos de mano prohibidos según la compañía irlandesa:
Líquidos y geles. No se permiten en cantidades superiores a 100 ml por recipiente.
Objetos peligrosos. Armas, objetos punzantes y sustancias inflamables.
Objetos con punta o borde afilado, como:
- Artículos diseñados para cortar.
- Piolets y patines de hielo
- Maquinillas de afeitar y hojas de afeitar, excepto las maquinillas de afeitar de seguridad o desechables con hojas y cabezales de afeitar cerrados guardados en compartimentos de plástico.
- Cúteres de caja.
- Cuchillos con hojas de más de 6 centímetros, incluidos los automáticos, religiosos y de caza, artesanales, multiusos y raspadores.
- Tijeras con hojas de más de 6 centímetros desde el punto de apoyo.
- Equipo de artes marciales con punta o borde afilado, incluidas estrellas arrojadizas.
- Espadas y sables.
- Espadas, cuchillas de carnicero, machetes, escalpelos, crampones, garfios, barras de hierro con ganchos y placas con púas de hierro utilizadas en montañismo.
- Arpones y lanzas.
- Bastones de esquí y bastones para caminar o hacer senderismo.
En cuanto a herramientas de trabajo están prohibidas las que puedan utilizar para causar lesiones graves o amenazar la seguridad de la aeronave. Entre ellas:
- Palancas
- Taladros y brocas, incluidos los taladros eléctricos portátiles inalámbricos.
- Herramientas con una hoja o un mago de más de 6 centímetros que puedan utilizarse como arma, tales como destornilladores y cinceles.
- Sierras, incluidas sierras eléctricas portátiles inalámbricas.
- Sopletes.
- Pistolas de pernos y de clavos.
- Martillos, alicantes, llaves inglesas y llaves fijas.
Cualquier objetivo afilado que se lleve en el equipaje que vaya a ser facturado debe estar envuelto de forma segura para evitar que el persona se lesiones si necesita manipularlo, evitando lesiones graves cuando se movilizan las maletas:
- Bates de béisbol, raquetas de tenis, palos de hockey, remos de kayak, cañas de pescar, etcétera.
