Incumplir con la normativa, con conocimiento o no de ella, puede salir caro. Es lo que le ocurrió a una persona que era beneficiaria del subsidio para mayores de 52 años, que deberá devolver 8.500 euros tras no informar de sus desplazamientos fuera de España. De acuerdo con la Ley, la omisión de la obligación de comunicar los traslados al extranjero rige para todos aquellos que reciben algún tipo de ayuda por desempleo. Por tanto, ahora tendrá que hacer frente a la sanción.
Esta persona realizó cuatro viajes a Marruecos y ninguno de ellos fue comunicado al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), lo que supone una infracción que le hace perder la ayuda y además reintegrar los 8.509 euros que había recibido. Este castigo del SEPE ha sido respaldado por el Tribunal Supremo de Justicia de Madrid.
El ciudadano, en concreto, se amparaba en motivos personales para justificar sus desplazamientos fuera de nuestro país. El hecho de no notificar ninguno de ellos conllevó la apertura de un expediente sancionador, que acabó con la obligación de devolver íntegramente el dinero percibido y la extinción de la prestación.
Así se fraguó la sanción del SEPE por los viajes a Marruecos
De acuerdo a fuentes próximas al caso, la principal causa de la sanción se centra en la omisión de la obligación de comunicar los traslados más allá de las fronteras nacionales, una exigencia que rige para todas aquellas personas que reciben algún tipo de subsidio por desempleo. En este supuesto concreto, la persona superó los viajes permitidos sin aviso, lo que encendió las alarmas de la Administración.
Después de confirmar los vuelos de ida y vuelta a Marruecos, el SEPE procedió a abrir el expediente correspondiente. Durante el proceso, se comprobó que las estancias no se encontraban registradas en ningún apartado oficial, de modo que esta persona incumplía con la norma que exige comunicar cada desplazamiento que se hace fuera de España.
Las consecuencias fueron inmediatas para el afectado. Por un lado, la suspensión de su derecho a seguir recibiendo el subsidio para mayores de 52 años. Por otro, la reclamación de 8.509 euros, cantidad que debía abonar en concepto de devolución de las ayudas ya percibidas.
Así se decidió la cifra a pagar
La cantidad de la multa no se calculó al azar. El SEPE revisó los pagos realizados desde el inicio de la prestación y, después de constatar las salidas no justificadas, exigió la recuperación de todo lo que se había abonado hasta la fecha. En este sentido, la resolución deja claro que la falta de aviso antes de salir al extranjero conlleva un incumplimiento de las condiciones que permiten mantenerse como beneficiario.
Los viajes realizados sin confirmación y la confirmación de la Justicia
La persona que recibió la sanción, en situación de desempleo, alegó que los cuatro viajes se debieron a circunstancias familiares “absolutamente concretas y excepcionales”. Al no aportar pruebas comunicación previa de sus ausencias, los magistrados concluyeron que existía un claro incumplimiento de la normativa.
El TSJ de Madrid ha dictaminado que la resolución del SEPE se ajusta a la norma que estaba en vigor en el momento en el que se produjeron los hechos. Dicho fallo ratifica la retirada del subsidio y la obligatoriedad de devolver los más de 8.500 euros reclamados por la Administración.
Este caso pone el foco en la importancia de informar al SEPE de cualquier movimiento fuera del país, con independencia de la duración o del motivo. La ausencia de una comunicación previa implica la pérdida del derecho a la ayuda y la devolución de las cantidades que se recibieron hasta ese momento.
