Con el nuevo año a la vuelta de la esquina, todos aquellos que están próximos a alcanzar su tan merecida jubilación, se preguntan qué cambios se van a producir al respecto. Si bien, la forma de calcular la pensión no está previsto que sufra ninguna modificación hasta el año 2027, con el nuevo año si que se van a producir cambios importantes en los requisitos de edad según los años cotizados para poder acceder a una pensión contributiva.
En 2025 se mantiene la forma de calcular la pensión
En primer lugar, la forma de calcular la pensión, no va a sufrir ningún cambio. Esto quiere decir que se mantendrá como hasta el momento la obligación de haber cotizado como mínimo 15 años, lo que daría derecho a cobrar el 50% de la base reguladora. A partir de este tiempo, se añadiría un 0,21% de la base reguladora por cada uno de los 49 meses siguientes. Por último, se iría añadiendo un 0,19% por cada mes cotizado en cada uno de los 209 meses siguientes.
Se mantiene también el límite para cobrar el 100% de la pensión en como mínimo, 36 años y 6 meses cotizados. Este límite cambiará en 2027, cuando pasará a ser de 37 años cotizados como mínimo.
Estos son los criterios para poder acceder a la jubilación ordinaria a partir de 2025
En España, la edad de jubilación ordinaria se va retrasando cada vez más para adaptar el sistema de pensiones y garantizar su sostenibilidad a futuro, teniendo en cuenta el aumento de la esperanza de vida y la baja natalidad. Este aumento gradual, en principio terminará en 2027. Con el cambio de año, llega una nueva subida y la edad legal de jubilación a partir del próximo 1 de enero 2025 se retrasará dos meses respecto a la establecida para 2024. Ahora mismo, una persona debe tener cotizados 38 años y 3 meses para poder jubilarse a los 65 años. En caso contrario, no podrá hacerlo hasta cumplir los 66 años y seis meses.
- En 2025, la edad de jubilación ordinaria según los años cotizados, será la siguiente:
- De haber cotizado 38 años y 3 meses o más, la edad de jubilación será 65 años.
- Si has cotizado menos de 38 años y 3 meses, tendrás que esperar a los 66 años y 8 meses.
- En 2026:
- De haber cotizado 38 años y 3 meses o más, la edad de jubilación será 65 años.
- Si has cotizado menos de 38 años y 3 meses, tendrás que esperar a los 66 años y 10 meses.
- De 2027 en adelante, si no hay modificaciones futuras:
- De haber cotizado 38 años y 3 meses o más, la edad de jubilación será 65 años.
- Si has cotizado menos de 38 años y 3 meses, tendrás que esperar a los 67 años.
Podrás acceder a la jubilación anticipada cumpliendo ciertos requisitos, pero con una rebaja en tu pensión
Tanto si te acoges a la jubilación anticipada voluntaria, como a la forzosa, tu pensión sufrirá recortes fruto de unos coeficientes reductores que pueden ir desde el 0,5% hasta el 30%, dependiendo tanto de los meses que adelantes tu jubilación, como de la modalidad de la misma. Por lo tanto, debes saber que nunca cobrarás el 100% de tu pensión si te acoges a la modalidad de jubilación anticipada.
Debemos tener en cuenta que la jubilación anticipada voluntaria puede solicitarse hasta 24 meses antes de la ordinaria. Por tanto, si tienes cotizados 38 años y 3 meses o más, la edad de jubilación será 63 años. De no tenerlos cotizados, la edad irá aumentando de la siguiente forma:
- En 2025, 64 años y 8 meses.
- En 2026, 64 años y 10 meses.
- De 2027 en adelante, si no hay modificaciones futuras, 65 años.
Siempre que la causa del retiro del mundo laboral no sea imputable al trabajador, será posible adelantar la jubilación hasta 4 años. Por tanto, si tienes cotizados 38 años y 3 meses o más, la edad de jubilación será 61 años. De no tenerlos cotizados, la edad irá aumentando de la siguiente forma:
- En 2025, 62 años y 8 meses.
- En 2026, 62 años y 10 meses.
- De 2027 en adelante, si no hay modificaciones futuras, 63 años.
