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Las transferencias bancarias sufrirán un cambio en España a partir del 1 de enero: sin comisiones

Gracias a una normativa europea, las transferencias bancarias deberán ser gratuitas y realizarse en diez segundos

por Redacción
9 de diciembre de 2024
en Economía
transferencias

Las transferencias bancarias sufrirán un giro de 180 grados en España a partir del 1 de enero

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En la actualidad, existen dos formas de hacer una transferencia bancaria, ya sea entre dos cuentas pertenecientes al mismo banco o a entidades distintas. Por un lado, tenemos las transferencias normales, que son gratuitas pero que se efectúan en un plazo aproximado de uno o dos días laborables. Por el otro, tenemos las transferencias inmediatas, que se realizan de forma casi instantánea pero que suelen implicar costes para quién las realiza.

Estos costes en algunos casos pueden llegar a ser bastante elevados, ya que según recoge la OCU, Bankinter cobra el 0,4% del importe transferido con un mínimo de 12 euros y CaixaBank cobra 1,99 euros fijos más un 0,4% del importe transferido con un mínimo de 3,95 euros. Pues todo esto va a cambiar en 2025.

Debido a una normativa europea aprobada durante este año y que entrará en vigor de forma completa a finales de 2025, las transferencias bancarias van a dar un giro de 180 grados. Y es que La Unión Europea va a obligar a que todas las transferencias bancarias sean gratuitas e inmediatas, como lo son al utilizar el tan popular Bizum.

Transferencias inmediatas gratuitas y en 10 segundos

A partir de 2025, las transferencias serán siempre gratuitas y deberán llevarse a cabo en un tiempo máximo de 10 segundos. Y es que según el Reglamento (UE) 2024/886 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de marzo de 2024, «la inmediatez de las transferencias deberá garantizarse con independencia del día o la hora; el dinero deberá llegar a la cuenta del destinatario en un plazo de 10 segundos. El ordenante también debe ser informado en un plazo de diez segundos de si los fondos transferidos se han puesto a disposición del receptor».

La norma también recoge que los cargos aplicados por estas transferencias no podrán exceder los aplicados a las operaciones convencionales de transferencia no instantánea en euros. Es decir, que si antes no se cobraba por una transferencia normal de las que tardaban entre dos y tres días laborables en efectuarse, ahora no podrán cobrar por hacerla de forma inmediata.

La mayoría de los bancos españoles han confirmado que desde el día 9 de enero de 2025, todas las transferencias serán gratuitas siempre que se realicen a través de alguna de las vías digitales que las entidades bancarias ofrecen a sus clientes, manteniéndose el coste para las transferencias realizadas de forma presencial.

Estos son otros de los aspectos que aborda la normativa europea

Este reglamento europeo se aprobó, como su propio texto recoge, con el fin de homogeneizar las diferentes normativas relativas al envío de dinero. «Para crear un mercado integrado de transferencias inmediatas en euros, es esencial que dichas operaciones se procesen de conformidad con un conjunto común de normas y requisitos»

La legislación se extiende más allá de la eurozona y abarca países que ni siquiera utilizan el euro. La normativa indica que los países de la UE cuya moneda no sea el euro también tendrán que aplicar estas normas, cuando las cuentas ya ofrezcan transacciones regulares en euros, después de un período transitorio más largo.

Además, para reforzar la seguridad y evitar el fraude, las entidades financieras deberán implantar sistemas de verificación de la identidad similares a los utilizados por Bizum, como la autenticación por huella dactilar. Como protección extra contra el fraude, las entidades bancarias también tendrán que permitir a sus clientes fijar una cuantía máxima para las transferencias instantáneas en euros, que podría modificarse fácilmente antes de ejecutar una nueva transferencia.

El texto fue aprobado por el pleno con 599 votos a favor, 7 en contra y 35 abstenciones. Esta nueva norma entró en vigor veinte días después de su publicación en el Diario Oficial de la UE. Sin embargo, las entidades localizadas en la zona euro tendrán nueve meses para estar listas para recibir transferencias inmediatas y 18 meses para enviarlas.

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