El pasado jueves 25 de septiembre el Sport Extremadura mandó su última solicitud a la RFEF para que inspeccionase el estado del campo 4 de la Ciudad Deportiva Fundación Rayo Vallecano; tras los últimos acontecimientos producidos en este campo.
El pasado martes el Departamento de Competiciones y Fútbol Formativo de la RFEF realiza una prospección técnica en la Ciudad Deportiva. En ella concluyen que no recomiendan “no disputar ningún partido oficial” hasta subsanar los problemas del césped. “Se han detectado agujeros, calvas y zonas con
desprendimiento/levantamiento del tepe, así como irregularidades de firme que comprometen la estabilidad de la pisada, registrándose distintas pruebas videográficas de dicha situación. Ante estas deficiencias que incrementan el riesgo de lesiones”, señalan en su informe.
El Juez Único de Competiciones No Profesionales decidió retrasar el partido 15 minutos y que el partido se jugase en el Ernesto Cotorruelo de la RFFM. El Rayo Femenino cayó 1-5 y quedó eliminado de la Copa de la Reina.
A continuación dejamos la resolución del Juez Único que recoge el informe:
RESOLUCIÓN
HECHOS
PRIMERO.Ha tenido entrada en este órgano competicional solicitud formulada por el club SPORT EXTREMADURA CD, tendente a que se inspeccione el campo asignado al encuentro FUNDACIÓN RAYO VALLECANO – SPORT EXTREMADURA CD, correspondiente a la Segunda Eliminatoria del Campeonato de España /Copa de S.M. la Reina, que tiene fijada su celebración el 1 de octubre de 2025 a las 20:00 horas en el campo 4 de la Ciudad Deportiva Fundación Rayo Vallecano, y que, en caso de detectarse deficiencias, se subsanen las mismas o se valore la reubicación del encuentro en un campo que reúne las condiciones reglamentariamente exigibles.
SEGUNDO.- Por parte del Departamento de Competiciones y Fútbol Formativo
de la RFEF en fecha 30 de septiembre de 2025 se informa a este órgano competicional de que, realizada una prospección técnica en la Ciudad Deportiva del Rayo Vallecano en fecha 30 de septiembre de 2025, para evaluar el estado del
césped del campo 4 (designado para la celebración del encuentro que nos ocupa) y del campo 3 (indicado por el club local como posible campo alternativo de juego para este encuentro), se han detectado agujeros, calvas y zonas con
desprendimiento/levantamiento del tepe, así como irregularidades de firme que comprometen la estabilidad de la pisada, registrándose distintas pruebas videográficas de dicha situación. Ante estas deficiencias que incrementan el riesgo de lesiones y afectan negativamente a la integridad de la competición, desde el referido departamento se recomienda no disputar ningún partido
oficial de competiciones de ámbito estatal en dichos campos hasta la completa subsanación de las deficiencias y la validación técnica del Estado del césped mediante una nueva inspección.
TERCERO.- Por Providencia de 30 de septiembre de 2025 se requirió al club SAD FUNDACIÓN RAYO VALLECANO hasta las 10:00 horas del miércoles 1 de octubre de 2025, para proponer campo de juego apto para acoger la celebración del
encuentro FUNDACIÓN RAYO VALLECANO – SPORTEXTREMADURA CD, correspondiente a la Segunda Eliminatoria del Campeonato de España / Copa de S.M. la Reina, acreditando, en su caso, la disponibilidad del referido campo.
CUARTO.- Transcurrido dicho término, no se ha dado cumplimiento al requerimiento acreditando la disponibilidad de otro campo. Por parte del Departamento de Fútbol Femenino se informa en fecha 1 de octubre de 2025 a este órgano competicional que, tras la visita realizada en el día
de hoy a la Ciudad Deportiva Rayo Vallecano, se ha observado que las obras de mejoras llevadas a cabo en el Campo 4 y Campo 3 de la misma no van a estar finalizadas a tiempo para la celebración del encuentro de la Segunda Eliminatoria del Campeonato de España / Copa de S.M. la Reina, por lo que dicho Departamento propone su celebración en el Campo 1 del Polideportivo Ernesto Cotorruelo, atrasándose la disputa del partido a las 20:15 horas, en la cual existe disponibilidad. A los anteriores hechos resultan de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
L.- Este órgano competicional es competente, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 56.a) de los Estatutos de la RFEF, para suspender, adelantar o retrasar partidos y determinar el lugar de celebración de los partidos que, por diversas causas, no puedan celebrarse en las instalaciones deportivas propias.
Il.- Analizando las circunstancias concurrentes, este órgano competicional considera que el normal desarrollo del encuentro se garantiza de mejor manera trasladando su celebración al Campo 1 del Polideportivo Ernesto Cotorruelo, quince minutos más tarde de lo previsto (es decir, a las 20:15 horas) a fin de reducir el riesgo de suspensión del encuentro por malas condiciones del terreno de juego, con las dificultades que ello entrañaría atendiendo al calendario de esta competición.
Dispone el artículo 227 del Reglamento General de la RFEF que los partidos que corresponda celebrar a un club en su propio campo puedan ser jugados en otro si así fuese obligado por circunstancias especiales:
“1. Los partidos que corresponda celebrar a un club en su propio campo, deberán jugarse en el que tenga inscrito como tal en propiedad, arrendamiento, cesión u otro título que le permita disfrutar plenamente su uso y que hubiese designado como tal al inicio de la temporada; ello sin perjuicio de que por circunstancias especiales fuese autorizado u obligado a jugar en otro distinto.”
En el presente supuesto, a la vista de las circunstancias previamente valoradas, se considera pertinente resolver que el encuentro se dispute en el Campo 1 del Polideportivo Ernesto Cotorruelo a las 20:15 horas del mismo 1 de octubre de 2025.
Es por ello que se RESUELVE:
FIJAR la celebración del encuentro FUNDACIÓN RAYO VALLECANO – SPORTEXTREMADURA CD, correspondiente a la Segunda Eliminatoria del
Campeonato de España / Copa de S.M. la Reina, el 1 de octubre de 2025 a las 20:15 horas en el Campo 1 del Polideportivo Ernesto Cotorruelo, sito en Vía
Lusitana, n° 5, Carabanchel, 28025 Madrid.
