En una medida que promete aliviar a muchos trabajadores en empleos peligrosos o insalubres, la Seguridad Social ha anunciado que permitirá la jubilación a partir de los 50 años en ciertos casos específicos.
Esta decisión se alinea con la legislación actual que ya contempla la posibilidad de retiro anticipado para algunos oficios particularmente exigentes, sin que ello suponga una reducción en la cuantía de la pensión.
La jubilación anticipada voluntaria es una opción disponible para los trabajadores hasta dos años antes de la edad legal ordinaria de jubilación, la cual se establece en 66 años y 6 meses para 2024, en el caso de tener menos de 38 años cotizados. Si el trabajador ha cotizado 38 años o más, la jubilación puede adelantarse a los 65 años. No obstante, la Seguridad Social prevé adelantos aún mayores para ciertos grupos profesionales debido a la naturaleza especialmente peligrosa, tóxica o insalubre de sus trabajos.
Jubilación anticipada para profesiones específicas
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha destacado que ciertos colectivos podrán jubilarse a partir de los 50 años con el 100% de la pensión. Entre estos grupos se encuentran los mineros, personal de vuelo, trabajadores del mar, ferroviarios, artistas, profesionales taurinos, bomberos, policías locales y ertzainas. Todos estos trabajadores deben acreditar un mínimo de actividad en su profesión, estar en situación de alta o asimilada y cumplir con los requisitos generales exigidos.
Para los trabajadores amparados por el Estatuto Minero, la jubilación anticipada puede adelantarse hasta los 52 años, según lo dispuesto en el Real Decreto-ley 2366/1984. Las reducciones sobre la edad de jubilación varían entre el 0,05 y el 0,5, dependiendo de los años efectivamente trabajados y la profesión específica dentro del sector.
El personal de vuelo tiene una reducción sobre la edad de jubilación del 0,4, mientras que los mecánicos de aeronave y otros roles específicos como navegantes y operadores de fotografía aérea tienen una reducción del 0,3.
Los empleados ferroviarios pueden adelantar su jubilación hasta 10 años, lo que permite el retiro a los 55 años, con coeficientes reductores entre 0,10 y 0,15, dependiendo de su función y años de servicio.
Los artistas, incluyendo cantantes, bailarines y trapecistas, pueden optar a la jubilación a partir de los 60 años si han trabajado al menos 8 años en su especialidad durante los 21 años anteriores a la jubilación, sin aplicar coeficientes reductores. Otros artistas pueden jubilarse a los 60 años, pero con una reducción del 8% en su pensión por cada año que les falte para alcanzar la edad ordinaria de jubilación.
Los profesionales taurinos, como matadores de toros, rejoneadores, novilleros, banderilleros, picadores y toreros cómicos, pueden jubilarse a los 55 años sin perder la integridad de su prestación. Deben acreditar haber actuado en un número significativo de espectáculos taurinos: 150 para matadores de toros, rejoneadores y novilleros, y 200 para banderilleros, picadores y toreros cómicos.
Para los bomberos y policías locales, la jubilación anticipada puede iniciarse a los 60 años, o incluso a los 59 si han cotizado 35 o más años. En estos casos, se aplica un coeficiente reductor del 0,2.
Otros supuestos para la jubilación anticipada
Además, las personas mayores de 55 años que no tengan ingresos por trabajo o desempleo pueden solicitar un incremento del 20% en su pensión por incapacidad permanente total, conocido como ‘jubilación para mayores de 55 años con incapacidad permanente total’. Esto permite que pasen a cobrar el 75% de su base reguladora en lugar del 55%, y puedan optar por continuar recibiendo esta pensión en lugar de solicitar la jubilación ordinaria.
El Consejo de Ministros también aprobó un real decreto en mayo de 2023 que facilita la jubilación anticipada para personas con una discapacidad superior al 45%, reduciendo los años de cotización exigidos de 15 a 5 desde el diagnóstico. Para estos trabajadores, la edad mínima de jubilación se establece en 56 años, y en casos de discapacidades iguales o superiores al 65%, se permite jubilarse a los 52 años.
Esta ampliación de las opciones de jubilación anticipada refleja un esfuerzo significativo por parte del gobierno para atender las necesidades de trabajadores en profesiones especialmente demandantes y asegurarles una transición justa y segura hacia la jubilación.